Oferta vinculante para subrogación de préstamo

Hola Nacholon,
Estoy estudiando la posibilidad de hacer una subrogación de mi préstamo hipotecario y te agradecería que miraras la copia para ver si todo te parece correcto. Agradeciéndotelo de antemano. Un cordial saludo. Rafael
Oferta vinculante para subrogación de préstamo hipotecario
1 capital del préstamo
El importe que resulte de la certificación de la entidad acreedora o del cálculo efectuado por banco caixa conforme a los establecido en el art 2 de la citada ley2/94, sin que pueda exceder de 580.000 euros.
2 plazo
La duración será de 39 años
3 tipo de interés ordinario
3.1 el tipo de interés será variable y se ajustará semestralmente en cada semestre del préstamo, tanto al alza como a la baja de acuerdo con lo establecido en el apartado 3.3 siguiente.
3.2 el tipo de interés inicial aplicable durante los primeros seis meses a partir de la fecha de subrogación será del 5,3245 % NOMINAL ANUAL Y VARIARÁ CON LAS REVISIONES DELTIPO DE INTERÉS.
3.3 el tipo de interés aplicable a partir de cada fecha de revisión será el resultante de incrementar en 0.75 puntos porcentuales el índice oficial de referencia ligado al comportamiento del índice EURIBOR tomando a efectos de referencia el último tipo publicado que se encuentre vigente el primer día del mes en el que corresponda realizar la revisión.
No obstante, las partes pactan expresamente la posibilidad de bonificar y reducir el diferencial pactado hasta 0.33 puntos, en función de que concurran en al menos una de las personas integrantes de la parte prestataria todas y cada una de las condiciones objetivas de vinculación que a continuación se especifican:
1. Seguro de la modalidad multirriesgo del hogar o similar contratado a través del banco caixa peral, s.a o con una compañía perteneciente al grupo caixa peral de depósitos; el contrato de seguro deberá mantenerse vigente y al corriente de pago de las correspondientes primas el día anterior al comienzo de cada periodo de interés en que se aplique la bonificación.
2. Plan de pensiones contratado a través del banco caixa peral, s.a con la entidad gestora espíritu santo pensiones o plan de ahorro futuro contratado a través del banco caixa peral con una compañía perteneciente al grupo caixa peral de depósitos ; en ambos casos deberá realizarse una aportación inicial por importe mínimo de 600 euros, así como aportaciones anuales posteriores e interrumpidas por igual importe mínimo de 600 euros
3. Tarjetas de crédito: se entiende a esos efectos la titularidad por al menos uno de los prestatarios solidarios de una tarjeta de crédito o débito comercializada por banco caixa peral y su efectiva utilización en comercios al menos una vez al mes durante cada uno de los seis meses anteriores al comienzo de cada periodo de interés
4. Nómina o ingreso periódico: domiciliación de una nómina o del pago de la cuota de autónomos por ingreso en una cuenta abierta caixa peral de forma interrumpida durante los seis meses anteriores al comienzo de cada periodo de interés o ingresos periódicos mensuales en una cuenta abierta en banco caixa peral
5. Recibos: domiciliación de tres recibos en una cuenta abierta en banco caixa peral de forma interrumpida durante los seis meses anteriores a cada periodo de interés.
El incumplimiento de una cualquiera de las condiciones objetivas de vinculación conllevará automáticamente la perdida de la bonificación y la aplicación del margen inicialmente fijado de 0.75 puntos se considerará incumplimiento de las condiciones objetivas de vinculación la interrupción de las domiciliaciones o la falta de utilización de la tarjeta de crédito durante un mes dentro del periodo fijado
La comprobación de la concurrencia de las condiciones objetivas de vinculación se efectuar por periodos semestrales, verificándose la vinculación efectivamente alcanzada por la parte prestataria el ultimo día del mes anterior al de dicha revisión.
No se aplicará la bonificación en caso de que la parte prestataria o cualquiera de las personas que la integran, incumplan las obligaciones a su cargo derivadas de este préstamo o tengan débitos vencidos pendientes de pago con el banco por razón de otras operaciones. Esta bonificación se aplicará, en las condiciones establecidas, durante toda la vida del préstamo y hasta su fecha de vencimiento. La concurrencia de condiciones objetivas de vinculación en varios de los prestatarios no dará lugar a la aplicación acumulada de las bonificaciones, siendo estas únicas por préstamo.
3.4 tipo sustitutivo: si por cualquier razón ajena a las partes intervinientes en el presente contrato, el tipo de interés de referencia definido con anterioridad no pudiera determinarse, el tipo base a aplicar será el tipo activo de referencia de las cajas de ahorro
4 COMISIONES: no son objeto de modificación las comisiones pactadas en las escritura de préstamo que es objeto de subrogación, que se mantienen.
5 GASTOS E IMPUESTOS: serán en su totalidad a cargo de la parte prestataria, a cuyo efecto efectuará la correspondiente provisión de fondos. En particular, en dicha provisión la parte prestataria conoce que se incluirán todos los gastos derivados de la necesidad de notificar notarialmente la presente oferta vinculante a la entidad acreedora y todos los que se pudiesen generar como consecuencia del proceso de subrogación
6. Interés de demora tipo superior en 10 unidades porcentuales al tipo de interés anual que se estuviese aplicando en ese momento.
Dicho tipo de interés será aplicable sobre el importe incluido en mora, en cuyo caso no se aplicará el ordinario, sin perjuicio de que en las cantidades no morosas se les continuará aplicando el interés ordinario de no declararse el vencimiento anticipado.

1 respuesta

Respuesta
1
Disculpa mi tardanza, he tenido problemas personales e informáticos.
La oferta es correcta en su redacción, pero no te ofrecen nada del otro mundo, a no ser que lo que tu tengas actualmente sea leonino.
Esas condiciones probablemente las podrías conseguir en la entidad donde estas ahora con un coste sensiblemente inferior (salvo que vayas a ampliarla y te lo denieguen).
El costo que te va a suponer la subrogación (salvo que lo asuma la nueva entidad) puede rondar para la cantidad indicada sobre unos entre 4.000-5.¿000? Que tendrás que sacar de tu bolsillo o incluso si te lo incluyen en la hipoteca piensa que no lo absorberás hasta por lo menos entre 3-5 años, si ademas luego no cumples con las vinculaciones no obtendrás esa rebaja del 0,33 sobre el diferencial del 0,75.
En fin no le veo sin más información ningún aspecto muy muy positivo para ese cambio, pero tendrás tus razones.
Suerte

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