Pago de hipoteca

Hola buenos días. Mi duda es la siguiente. Hace 8 años murió mi padre y mi madre se hizo cargo de una hipoteca que tenemos. La casa es la vivianda habitual de mi madre. El problema que tenemos es que para hacienda y para el banco mi madre solo paga el 50% de la hipoteca, ya se lo hemos dicho por escrito a hacienda presentando el certificado de defunción, También se presentó el certificado de defunción en el banco, pero parece que los dos hacen caso omiso porque siguen mandando la renta de mi madre solo con el 50% del préstamo. Nosotros la presentamos como que paga el 100% pero hacienda embarga después. ¿Lo qué hace hacienda es correcto? Es que me parece indignante. Ni mi hermana ni yo trabajamos pero somos mayores de edad. Ella está estudiando y yo con una beca pero no cotizo.
Muchas gracias por adelantado.
Un saludo.

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Lo que hace hacienda es correcto porque trabaja sobre la información FISCAL que el banco le pasa.
Lo incorrecto es que por vuestra parte me parece que NO HABÉIS TRAMITADO NI ADJUDICADO LA HERENCIA al fallecer vuestro padre y cuando eso lo hagáis entonces con esa TESTAMENTARIA en el banco ya quitaran a tu padre de la hipoteca e incluso posiblemente os incluyan a vosotros COMO HEREDEROS y copropietarios de esa vivienda POR HERENCIA a pesar de lo cual tu madre seguirá sin poder desgravarse el 100%
SALVO QUE en esa herencia y dependiendo del régimen de vuestra cdad. autónoma SI NO HAY MÁS BIENES QUE HEREDAR, por ser la vivienda indivisible, SE LA ADJUDIQUE TU MADRE AL 100% en pleno dominio.
Os sgiero vayáis directamente a alguna NOTARIA (no abogado)y allí os informaran de todos los tramites, costos y posibilidades para legalizar vuestra situación mediante la ADJUDICACIÓN DE HERENCIA.
Gracias por la respuesta que me has dado. En su día ya fuimos mi madre, mi hermana y yo a un notario a la lectura del testamento y a firmar varios papeles donde se nos concedía la herencia. Mi madre ya pagó en su día la sucesión de bienes patrimoniales. Incluso mi padre nos dejó acciones en la que somos nudopropietarios (50% mi madre, 25% mi hermana y 25% yo), y mi madre tiene el usufructo de las 2 viviendas (una con la hipoteca) y nosotros somos nudopropietarios. No sé si ese es el papel que me comentas que teníamos que firmar. Por cierto vivo en las Islas Canarias porque comentabas algo de la comunidad.
De nuevo muchas gracias, un saludo.
Pues si lo habéis hecho ya entonces no hablamos de papeles simples si no de escrituras notariales debis de llevarlas al banco y ellos deben de INCLUIROS como titulares e la hipoteca, es decir que OS DEBEN DE SUBROGAR en la misma en base a esa herencia pero como tal cosa os encontrareis ante hacienda con el mismo problema o peor y es que la información fiscal que os pasara el banco sera en proporción a los titulares de la hipoteca o sea que en este caso o mucho me equivoco o tu madre partir de que el banco adapte la titularidad en la hipoteca ( t madre y los dos hermanos) igual solo se puede desgravar de un 33% en vez del 50% que lo hace ahora, pero mientras tu madre no sea LA ÚNICA TITULAR del préstamo y DE LA VIVIENDA no podrá desgravarse del 100%.
Esto es así nos guste o no, lo consideremos justo o no y ojo que no quiero ser negativo PERO en la actualidad deducirse de ese 50% TAMBIÉN ES INCORRECTO puesto que tu madre NO ES PROPIETARIA AL 100% DE LA VIVIENDA QUE DESGRAVA.
¿Entonces cuál sería la solución? Dejar a mi madre como única propietaria de la casa para que desgrave el 100%. Sé que ya no cobran impuestos por sucesiones patrimoniales, ¿eso vale también hacerlo en vida? Me podrías decir lo que tu harías. Me estas sirviendo de mucha ayuda para aclararme.
Muchas gracias, un saludo.
Pues efectivamente es que no hay otra opción, si en canarias estáis EXENTOS DE PAGO de impuesto de "sucesiones y DONACIONES" PUES HACE UNA DONACIÓN de vuestra parte de esa vivienda a vuestra madre, es la única forma de que obtenga el 100% os costara los gastos del notario y registro y listo ahora por mucho que hagáis SI EL BANCO NO QUITA DEL PRÉSTAMO A TU PADRE Y DEJA A TU MADRE SOLA después de esa DONACIÓN estaremos igual.
Eso es lo que pretendía comentarte en mi primera respuesta que en la herencia YA PODÍAIS HABERLO DEJADO ARREGLADO adjudicándose tu madre ese piso al 100% y vosotros por ej. el otro sin que tu madre tuviera ninguna parte.
Vale, a ver si me ha quedado claro:
Ante notario mi hermana y yo donamos nuestra parte de la casa(que tiene hipoteca) a mi madre que pasa a tener el 100%. Y mi madre nos dona su parte de la otra casa(sin hipoteca) y se desvincula de ella. ¿Haciendo esto y presentándolo en el banco ya desgravaría el 100% de la hipoteca? O aun así desgravaría el 50%.
Mil gracias
No hace falta que ahora tu madre os done su parte en la casa que no tiene hipoteca esa no tenéis que tocarla, porque ahora os costara dinero y no sirve para nada, SOLAMENTE vosotros a tu madre donarle la de la hipoteca Y CON ESA ESCRITURA ya una vez INSCRITA e el registro de la propiedad TU MADRE se presenta en el banco y pide que cambien LA TITULARIDAD DE ESE PRÉSTAMO a su solo nombre, el banco debe de hacerlo puesto que el otro titular lamentablemente ya no existe y esa vivienda NO TIENE MÁS PROPIETARIOS y cuando este cambiado es decir cuando los recibos de la hipoteca y se los envíen solo a nombre de tu madre entonces ya esta solucionado.
No basta con presentarlo en el banco así sin más, hay que cambiarlo en la informática del banco si no, seguimos igual porque para el banco hay dos titulares de la hipoteca y PAR HACIENDA TAMBIÉN.

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