Venta vivienda después de divorcio

¿Necesito la firma de mi ex mujer para enajenar la vivienda común de la poseo el 100% según la sentencia judicial de divorcio, pero que en el registro propiedad aún consta ella como cotitular al 50%? La vivienda tiene una hipoteca que vence en breve, en la que constamos ambos cónyuges y de la que consecuentemente me vi obligado a hacerme cargo. Dada la urgencia por efectuar la venta, ¿se puede realizar la cancelación de la hipoteca (en estas condiciones en el momento de otorgar escritura pública?
Respuesta
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La hipoteca se puede cancelar aunque no firme ella, lo que no puedes es vender sin su firma, aunque lo correcto es (que ya tendrías que haberlo hecho tu o tu abogado) es llevar al registro de la propiedad el original de la sentencia judicial para que INSCRIBIESEN a ti el PLENO DOMINIO de esa vivienda y una vez inscrito a tu nombre ya no necesitas la firma de tu ex-esposa para la venta.
También se pude hacer simultáneamente todo si el comprador te lo acepta, en el momento de la firma en el notario aportas ese original de la sentencia de divorcio para que el notario pueda hacer LA COMPRAVENTA INDICANDO que vendes tu solo por un documento (sentencia) que esta pendiente de inscripción, le entregas al comprador ese documento y el mismo (o su gestoría) que lo lleve junto con la escritura al registro y lo asentaran todo, ahora bien si hay hipoteca y banco del comprador de por medio igual le ponen pegas entonces lo mejos seria indicarle la situación al comprador y este a su banco y tu llevar la sentencia al registro para su inscripción lo más urgente posible.

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