Hipoteca

Hola. Quería hacerle una pregunta sobre una duda que me asalta de hace tiempo. Resulta que tengo un negocio, una residencia de mayores, hipotecada; somos tres socios y estamos como avalistas; yo tengo una vivienda de VPO y tengo algún dinero ahorrado para comprar otra vivienda; la pregunta es: si el negocio va mal y tengo que cerrar y dejo de pagar al banco, este cómo recupera el dinero prestado ¿a través de la residencia o puede ir contra mi dinero personal dado que soy avalista? Es que no tengo muy claro como lo hacen los bancos para recuperar el dinero prestado para una hipoteca. Gracias por todo. Un saludo.
José Ramón

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Si la hipoteca que se tiene con ese banco no se paga, el banco podrá ir a por cualquiera de vosotros por que sois avalistas y eso quiere decir que sois deudores. Primero ejecutara la hipoteca y sacaría a subasta la propiedad, si con eso no se cubre la deuda y dado como esta el mercado no se cubriría, ira a por quien tenga dinero en cuentas o fondos primero y luego a por los bienes de cualquiera. El deudor o avalista responde con todos sus bienes presentes y futuros, eso quiere decir que hasta que no se salde completamente la deuda le deberás al banco. Antes de meteros en todo ese jaleo judicial y con los problemas que eso os acarrearía, deberéis pagar esa hipoteca o vender la propiedad y saldar la deuda o saldarla de la manera que podáis, pero dejar de pagar no es una buena solución, por que el banco cobrara seguro y más si dices que tienes dinero y propiedades.
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Pues el procedimiento sería la ejecución del bien hipotecado. En este caso la residencia. Habría que pagar la deuda pendiente más intereses y costas del juicio. Esos datos suelen venir en la escritura hipotecaria. Si tras la subasta no se cubren estos conceptos, que no lo suele hacer, el juez ordenará el embargo de bienes embargables o nóminas u otros ingresos, para terminar de cubrir la deuda en un sólo pagos (con bienes) o en varios pagos (nóminas). Se dirigirá a los avalistas manteniendo el principio de proporcionabilidad y estudiando las situación y el patrimonio de cada uno.
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Primero contra las garantías de la sociedad y después contra la de sus avalistas de manera indistinta. Como han avalado solidariamente, pueden exigir la totalidad incluso a uno solo.
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Primero tienen que agotar la subasta del bien hipotecado y si co el dinero obtenido no se liquida la deuda entonces pueden ir contra cualquier bien y saldos presentes y futuros de los titulares y avalistas y obviamente irían a por quien más bienes tuviera porque mejor les seria cobrar.

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