Comisión Subrogación

Hola, muy buenas.
Planteo la siguiente duda:
Estoy en proceso de subrogar mi hipoteca, esta firmada en el 2005. En mi escritura no aparece reglejada la comisión por subrogación, si viene la de cancelación total anticipada (1%) y la parcial (0%).
En el caso de subrogarme, ¿no debería pagar ninguna comisión por subrogación por no venir reflejada en escrituras? O en cambio me debería guiar con la de cancelación total anticipada (1%) al no figurar la de subrogación. En este caso el porcentaje seria de 0,5 % (al estar firmada posterior al 27 de abril de 2003, ¿no?.
Muchas gracias y un saludo.

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Supongo que hablas de subrogación y te refieres a subrogación de acreedor hipotecario por cambio de entidad.
Si es así, estas en lo cierto y te aplicarán el 0.50 que es el máximo que se puede aplicar por ley, dada la fecha de la firma de tu hipoteca.
Suerte
Si, me refiero a subrogación de acreedor por cambio de entidad. El no venir reflejada la comisión de subrogación en la escritura de mi préstamo hipotecario, ¿no me exime del pago de dicha comisión a mi anterior banco?.
Se considera cancelación total del préstamo en la primera entidad, por lo que te aplicarán la comisión por cancelación total.
Con los cambios en las comisiones máximas fijadas por ley en 2007, en la actualidad se hace mención expresa en las escrituras de préstamo hipotecario y se distingue claramente de las comisiones por cancelación anticipada, subrogación de acreedor hipotecario y subrogación de deudor.

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