Cochera con carga sin quitar en plazo

Adquirí una cochera en marzo del año pasado. En la firma de la escritura, ¿la nota simple reflejaba que la cochera tenia una carga hipotecaria de 287000? Que recaía en el promotor y sobre la finca originaria. Me explico.
¿El promotor compró una finca y para ello hizo una hipoteca de 300000?. La división horizontal la hizo después, con lo que la carga hipotecaria recae sobre el promotor y sobre la finca original y no sobre la mía que es una plaza normal.
¿El caso es que firmé la escritura con la carga de 287000?, pero en la escritura pone que yo no asumo la condición de deudor sobre esta y que el promotor debe cancelarla junto con los gastos de escrituras de cancelación en el plazo de 1 año como máximo. Pues bien, ese plazo se ha cumplido no la ha cancelado y mi pregunta es ¿puedo demandarlo penal o judicialmente para exigirle que quite la carga según pone en mi escritura? ¿Y si se declara insolvente? ¿Cómo puedo hacer que la quite?
Gracias por adelantado y un saludo.
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Respuesta
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Vamos a ver, ¿La hipoteca estaba vigente al tiempo de la firma? Entiendo que hay más de una vivienda en el edificio. ¿No han inscrito la división horizanotal y la segregación de hipoteca?
Lo primero gracias por contestar. Intentaré explicarme mejor.
El promotor compró el local de abajo del edificio, que antes era un taller, y lo tranformó en plazas de garaje y trasteros. Para comprarlo, ¿pidió una hipoteca sobre ese local de 300.000? Y después hizo la división horizontal. Según me dijo el Notario, la hipoteca que aparece en la nota simple en el momento de yo firmar mi plaza de garaje, no me afecta puesto que no está segregada a la división horizontal hecha después. Por tanto, en una estipulación de mi escritura pone, que yo no asumo la condición de deudor frente a la hipoteca, y que el promotor asume toda la responsabilidad, comprometiéndose a correr con los gastos de cancelación de escrituras y a cancelarla en el plazo máximo de 1 año.
Como ha pasado el plazo y no lo ha hecho, mi pregunta es si puedo demandarlo para que la quite y si se declarara insolvente que pasaría.
Gracias de nuevo y un saludo.
En contestación a tus preguntas:
La hipoteca estaba vigente en la firma y aún lo está. Existe división horizontal pero posterior a la hipoteca y la segregación de esta no se muy bien como está hecha.
Si no está pagada, no se puede cancelar registralmente. No se lo que le aconsejó el Notario, no he leído la escritura, pero es obvio que si usted compra, asume las cargas que hay. Lo que el constructor debe hacer es dividir la responsabilidad hipotecaria de las fincas. Si no lo hace, en cas de deuda hipotecaria, se las verá con el banco para pagar la deuda que estimen conveniente.
Si hay una división horizontal y no hay división hipotecaria la totalidad responde y es exigible a todo el mundo, incluyendo usted, porque conocía esta circunstancia.
Perfecto, ya lo tengo claro. Pero me falta respuesta a la pregunta planteada, que es la que ahora mismo más me preocupa.
El promotor se comprometía a quitar la carga en el plazo de 1 año (así reflejado en la escritura) desde que la firmé, y ese plazo esta vencido.
¿Tengo base legal para demandarlo y exigirle que la quite? ¿Se hace por vía penal o civil?
Gracias y perdón por la molestia. Un saludo.
Lo primero que tiene que saber es si ha pagado la hipoteca o tiene dinero para pagarlo. El promotor se ha comprometido a quitarlo, pero siempre puede alegar insolvencia. Usted aceptó ese pacto antes de frmar y por tanto, sin conocer más detalles, creo que no hay responsabilidad penal, a priori.
Puede demandarlo por incumplimiento cvil, pero le recomiendo que analice su patrimonio social, el que tenga el administrador, antes de ocasionarse más gastos. Porque las demandas las puede ganar, puede tener una sentencia condentoria a su favor, pero si no se puede ejecutar...
Quiero dejarle claro, que no va a obligar a pagar esa hipoteca. Lo más que podrá cpnseguir es resarcirse en daños y pedir una indemnzación por incumplimiento. No se olvide de puntuar la respuesta.

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