Subrogación hipoteca

Me gustaría poder realizarles una consulta.
El próximo mes de julio firmaré la hipoteca para adquisición de vivienda de nueva construcción calificada como de protección autonómica (VPA). Dicha hipoteca ( préstamo convenido, y concedido por el Ministerio de Vivienda dentro del plan 2005-2008) la firmaré con la entidad que financiaba a la constructora (BBVA). Para su concesión me dijeron que era necesaria la domiciliación de mi nómina, así como la domiciliación de dos recibos, la contratación de un seguro de vida y del seguro del hogar con ellos. Les solicito las condiciones por escrito en las que el promotor firmó su hipoteca, negándose a dármelas y remitiéndome al B.O.E. De no se sabe que fecha para que las consulte allí. Me gustaría poder consultarles si dichos requisitos son obligatorios para que dicha entidad me conceda la hipoteca en las condiciones que se fijan dentro del préstamo convenido que se me concedió para su adquisición, o si estas condiciones son abusivas no siendo necesarias para que me la concedan, ya que estoy bastante descontento con el trato que me dan y me gustaría saber si legalmente puedo retirar mi nómina, sin que esto afecte al préstamo hipotecario.
Muchas gracias

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Que le den las condiciones de la hipoteca matriz no es obligatorio para que le concedan la hipoteca, aunque usted está en su derecho de solicitarlo, en tanto que se subrogará en ellas. No obstante, usted antes de la firma debe recibir una oferta vinculante. Se facilita una semana antes. Cuando la lea, todas las cláusulas que se refieran al crédito promotor, pida el detalle de ellas. Consulte el boe que le han facilitado y lea sus condiciones.
Con respecto a las cuestiones secundarias, como la nómina etc.. son cuestiones que no se como están recogidas en el contrato. No obstante quizás no sean obligatorias.
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