Devolución dinero VPO

Desde hace un tiempo, unos dos años vengo pagando una entrada de una vpo.
El hecho que desde un principio yo le comenté al comercial que yo ya tenía hipoteca sobre un terreno que me compré años atrás. El me dijo que no me preocupara que si llegado el tiempo no había vendido el campo para quitarme esa hipoteca me devolverían el dinero. Ahora le empresa me dice que no me lo devuelve ya que tengo hipoteca del campo el cual no he podido vender.
Lo más lógico es que debido a que no es mi culpa que no me den la hipoteca para la vpo me devolviesen el dinero entregado ya que la empresa debería de haberme pedido los papeles desde un principio lo cual yo dije al comercial.
¿Alguien me puede informar si me deben de devolver el dinero?
Necesito una respuesta rapidísima ya que es mucho dinero

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Respuesta
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Lo primero, recomendarle que se ponga en manos de un abogado rápidamente...
La empresa no tiene obligación de devolver el dinero, pues es usted quien no cumple con los requisitos para la compra de la vivienda, usted solo aviso de palabra de que tenia un crédito, pero firmo un contrato con unas clausulas... Y esto es lo que tiene valor.
Tendría que estudira bien la documentación un abogado y ver que opciones tiene, pero no tiene muchas de principio. Pero con ayuda de algún familiar, o viendo toda la documentación, se puede intentar encontrar algo.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Nota: Aparece en la clausula 10 de mi contrato lo siguiente:
"Si optase por la resolución, tanto habiéndose producido la ocupación como si no se hubiese llevado a efecto la misma. La parte vendedora hará suya el 10% de las cantidades que debiera haber satisfecho la Parte compradora en el momento de instarse la resolución por la Vendedora, en concepto de clausula penal por los daños y perjuicios derivados del citado incumplimiento de contrato."
Según la empresa el 10% sería sobre el total del importe integro de la vpo (100.000 euros) y según un abogado al cual he preguntado tendría otra interpretación como que la empresa solo se debería de quedar con el 10% de lo que a la fecha se haya entregado. En total 1000 (lo que se quedaría la empresa) de los 10.000 que hay que entregar antes de la entrega del piso.
Entiendo que dice claramente el 10% de lo que se hubiere entregado, refiriéndose al momento en que se ejercita la resolución, ¿es decir seria el 10% de los 10.000? Entregados hasta ahora, eso si, contando con que no haya dejado usted de abonar alguno de los plazos pactados ya vencidos, al pretender resolver.
No obstante, ha de asumir, que dado que existe dicha diferencia de interpretaciones, lo más seguro es que solo recupere su dinero, mediante previo procedimiento judicial en dicho sentido.
Es eso lo que no me queda claro si sería el 10% de 10.000 o bien el 10% de los 100.000 euros que vale el piso.
Usted que piensa, ¿me lo puede consultar y contestarme cuanto antes? No quiero perder más dinero ya que el abogado me pide 1200 euros y no me asegura nada.
Las cuotas están todas abonadas
Le agradezco muchísimo su ayuda
Con lo que usted indica, parece que es del dinero que usted ha entregado, pero como ya le hemos comentado, y al igual que su abogado, no se le puede garantizar nada... Si hay juicio, es el juez quien decide la interpretación del contrato...
En cualquier caso, su abogado ha estudiado la documentación y es quien mejor le puede ayudar.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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