Condiciones para concesión de hipoteca

Hola,
dentro de 15 días debo firmar las escrituras del piso con La Caixa. El banco me ha expuesto las condiciones verbalmente, por tanto, no tengo ni he leído ningún documento que las contemple.
Nos subrogaremos al préstamo del promotor con hipoteca al 0,75 sin vinculaciones. Pero como condición para concederme el préstamo me obligan a la domiciliación de nomina, recibos, seguro de hogar y seguro de vida. Dicen que estas condiciones no se reflejaran en la escritura.
Mi duda es: ¿Entonces dónde vienen reflejadas? ¿Me obligaran a mantenerlas durante la vida de la hipoteca? ¿Es habitual esta práctica?
Un saludo

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Es habitual invitar al cliente a vincularse con la entidad contratando dichos productos y a veces condición insalvable para la concesión del préstamo. La obligatoriedad es para concederla salvo que en la escritur que firmes se estipule que el precio final de Euribor más 0,75 es por la contratación de edichos productos que permiten bonificaciones hasta llegar a ese precio final, pero en otras ocasiones es al principio para su concesión y después no se presta atención a mantener esos productos

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