Cálculo de la deuda después de embargo

Debemos 6 cuotas de hipoteca por lo que parece que no se podrá evitar el embargo. En la escritura el importe de la tasación a efectos de subhasta es de 395.313€, entiendo que el banco al quedarse la casa, lo hace por el 60% de ese importe, o sea 237187€, como la hipoteca pendiente con el Banco son 360.000€, les quedaría a deber 122.813€ más gastos producidos por el embargo. ¿Es todo lo que digo correcto?
De la deuda que quede pendiente, redondeando a 130.000€, al estar divorciados, ¿yo debería 65.000€. Hay alguna manera estipulada de ir pagando ese importe o se negocia con el banco? ¿Me refiero los años a pagar vienen marcados por la hipoteca que firmé? ¿Puedo calcular de alguna manera que mensualidades tendré que pagar para poder saber que alquiler puedo permitirme?
Muchas Gracias!

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Sí, tus cálculos son correctos. Sólo precisar que el banco sólo se adjudicaría la casa si no hay pujas de otros interesados. Si así fuera la situación sería mejor. Por otra parte, sólo se aplica el 60% de la tasación si la vivienda es la habitual (si es una segunda vivienda sigue aplicándose el 50%, tenlo en cuenta).
La forma de pago la puedes acordar con el banco, pero ten en cuenta que lo que se hace es ir pagando con el saldo que haya en cuentas bancarias y productos financieros (que se embarga) y después lo que falte, con los ingresos que vayas teniendo mes a mes con un mínimo que es obligatorio respetar. Te dejo aquí un enlace de cómo se calcula el sueldo mínimo inembargable: http://bit.ly/jNm91R

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