Seguro vivienda hipotecada teniéndola alquilada

Buenas tardes:
Tengo una vivienda en propiedad que según la Ley Hipotecaria y el préstamo suscrito con la entidad bancaria me obliga a tener contratado un seguro de la misma. La vivienda esta asegurada por la cantidad mínima exigida en cuanto al continente y al mismo tiempo por que así lo exigía la aseguradora de un mínimo de contenido.
Ahora voy a alquilar la vivienda y el inquilino debería asegurar él cuando menos la parte del contenido que no tenga cubierto....? Mi pregunta es acerca de si el inquilino asegura la vivienda por el importe que vea necesario, entonces ¿a la entidad bancaria con la que suscribí el préstamo le valdría con tener la vivienda asegurada aunque sea a nombre de terceros? O ¿tendría yo tener que también seguro sobre la misma?
Espero sus comentarios agradeciendo de antemano los mismos.
José Fco.

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El seguro de la vivienda siempre es responsabilidad del propietario, salvo si llega a un acuerdo con el inquilino para que sea él quien corre con este gasto.

Por otra parte, es razonable que el arrendador asegure la vivienda por la cantidad mínima en cuanto al contenido de la misma, si él no tiene objetos o pertenencias de valor, por eso, algunos inquilinos optan por asegurar por su cuenta el contenido de la vivienda.

En cuanto a las entidades bancarias, a ellos no les interesa en absoluto otro seguro; Para ellos supone un trastorno grande cambiar los documentos cada vez que tu tengas un nuevo inquilino que desee asegurar la casa; En caso de accidente, ellos siempre van a recurrir contra el propietario de la vivienda.

Por lo tanto, creo que la mejor opción es la que ya tienes... Tener un seguro mínimo y si el inquilino quiere, que se haga él mismo un seguro.

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