Extinción de condominio cara a hacienda

Tengo un problemilla con hacienda, resulta que tenia un piso al 50% con mi expareja, en el cual hicimos una extinción de condominio en el cual yo le cedía mi 50% a ella a cambio de cero euros simplemente ella se quedaba con el piso y yo me quitaba esa deuda en un principio me dijeron que no tendría que pagar nada a hacienda ya que yo no he vendido nada ni he recibido nada a cambio y resulta que ahora me viene una carta de hacienda diciéndome que tengo que pagar 2300 euros por la extinción de condominio, necesito saber si esto es así y que puedo hacer porque tengo 10 días para alegar un saludo y

Respuesta
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Parece que usted ha realizado una donación de su 50 % pero esto ha de liquidar impuestos por donaciones... que dependerán de su comunidad autónoma.

En cualquier caso, un abogado le ayudara a minimizar la sanción, si es posible o a tramitar la liquidación correspondiente.

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me gustaría saber que cálculos hacen ellos para que me salga esa cifra a pagar,y si me pudieras darme alguna dirección de correo o alguien que supiera del tema para ponerme en contacto con el y que me diera soluciones muchas gracias y un saludo

otra consulta que quiero hacerte mira he leído esto en internet IMPUESTO DE DONACIONES
Cuando una persona recibe de otra una donación, la persona que recibe la donación (el donatario) ha de satisfacer el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en su modalidad de donaciones. Esto seria cierto, entonces es mi expareja la que tendría que que asumir el pago,y si fuera así como habría que hacerlo para que hacienda no me exija a mi el pago y si a ella ? gracias y un saludo.

Efectivamente, el impuesto lo ha de satisfacer la persona que recibe la donación, disculpas por el error, entendimos al revés.

Pero para usted es un incremento de patrimonio, que ha de declarar en su renta, este puede ser el motivo de la reclamación. También puede ser la plusvalía municipal, que puede estar en vía ejecutiva y por lo tanto se la reclame la Agencia Tributaria.

Lo primero que ha de hacer es personarse y solicitar información sobre el expediente, si es que no figura ya en la documentación que usted tiene. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web www.abogadosedo.es

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no entiendo porque es un incremento del patrimonio si yo recibo ningún dinero yo le cedo todo a ella y ella se queda con el piso ¿que incremento de patrimonio tengo yo si me quedo sin el 50% del piso ? y lo que dices de la plusvalía ya me vino y la tuve que pagar.haber si me puedes aclarar un poco mas ya que me queda poco tiempo para recurrir gracias.

La donación tiene un valor y por lo tanto, si usted hace una donación, esto tributa por incremento de patrimonio en su declaración de renta.

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sigo sin entender en que incrementa mi patrimonio si de medio piso que tengo le quito ese medio me queda cero,donde esta ahí el incremento de mi patrimonio.

Y que valor tiene esa donación que cálculos hacen ?

otra pregunta se puede fraccionar el pago en varias veces porque ahora mismo no dispongo de ese dinero para pagar

Existe un valor declarado por la donación en la escritura o por las tablas de su comunidad autónoma. Que no cobre, no significa que no deba imputarse un incremento de patrimonio según la legislación.

Si puede solicitar un fraccionamiento.

Agradecemos valoración y cierre de la pregunta.

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