Problema por cambiar titularidad cuenta bancaria
Mi padre y yo teníamos una cuenta bancaria del tipo indistinta, en la que él figuraba como titular y yo sólo como autorizado. Además, y en las mismas condiciones, teníamos una imposición a plazo fijo ligado a esta cuenta. Los fondos de ambos procedían exclusivamente de mi padre.
Pues bien, hace cosa de dos meses, mi padre, cercano a su muerte, me firmó un papel para que cambiase el titular de dicha cuenta y plazo fijo, quedándome yo como el titular y él como el autorizado (o sea, al revés de como estaba). En la caja de ahorros me hicieron el trámite sin ponerme ninguna pega.
Mi padre moría cinco días más tarde y el problema que se produce es el siguiente:
a) Yo soy su único hijo y heredero universal por testamento ante notario (mi madre ya fallecida).
b) Yo prefiero arreglar las cosas de forma legal (si he cometido algún error).
c) El notario me dice que, para heredar de forma legal todo el dinero que proviene de mi padre, vaya a las instituciones donde lo tenía y pida un certificado de saldo, para que así pueda él realizar los tramites.
d) Voy a la caja donde teníamos la mencionada cuenta y plazo fijo y me dicen que no pueden darme ningún certificado de saldo, porque ya no consta que sean de titularidad del fallecido, sino que son ya de titularidad mía y mi padre sólo figura como autorizado.
Les digo que, aunque así sea, los fondos provienen exclusivamente de mi padre y, a efectos fiscales, debería pagar el impuesto de Sucesiones y Donaciones para hacerme legalmente con ellos. Me responden que, sin ser ellos expertos, el cambio de titularidades que hice podría considerarse una donación (mal hecha) en vida y que lo consulte con algún experto, pero que ellos no pueden darme el certificado de saldo, por las razones ya mencionadas.
Bien, pues he aquí mi problema y mis preguntas para el experto:
1) No debí cambiar las titularidades, pero eso ya no tiene remedio. Si yo, ahora, me quedo con el dinero, así, sin más, puesto que ya está a mi nombre ¿Qué puede reclamarme Hacienda? ¿Podría imponerme una multa o, incluso, llevarme a juicio?
2) ¿Cómo puedo solucionar el problema para que todo quede de forma legal (no tengo ni idea de qué camino tomar)? ¿Sería muy costoso económicamente?
3) Si he de dirigirme a alguien, ¿quién me conviene más, un asesor fiscal o un abogado?
NOTA: Estoy sujeto a las leyes que, sobre herencias, se aplican en Castilla-León. En esta comunidad el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está bonificado (o exento) en un 99%, pero creo sólo es así si se hacen las cosas de forma legal. Cualquier alteración del cauce habitual me puede suponer la pérdida de dicha bonificación ¿es esto correcto?
En fin, un montón de preguntas/dudas que agradecería mucho que alguien con conocimientos me respondiese.
Pues bien, hace cosa de dos meses, mi padre, cercano a su muerte, me firmó un papel para que cambiase el titular de dicha cuenta y plazo fijo, quedándome yo como el titular y él como el autorizado (o sea, al revés de como estaba). En la caja de ahorros me hicieron el trámite sin ponerme ninguna pega.
Mi padre moría cinco días más tarde y el problema que se produce es el siguiente:
a) Yo soy su único hijo y heredero universal por testamento ante notario (mi madre ya fallecida).
b) Yo prefiero arreglar las cosas de forma legal (si he cometido algún error).
c) El notario me dice que, para heredar de forma legal todo el dinero que proviene de mi padre, vaya a las instituciones donde lo tenía y pida un certificado de saldo, para que así pueda él realizar los tramites.
d) Voy a la caja donde teníamos la mencionada cuenta y plazo fijo y me dicen que no pueden darme ningún certificado de saldo, porque ya no consta que sean de titularidad del fallecido, sino que son ya de titularidad mía y mi padre sólo figura como autorizado.
Les digo que, aunque así sea, los fondos provienen exclusivamente de mi padre y, a efectos fiscales, debería pagar el impuesto de Sucesiones y Donaciones para hacerme legalmente con ellos. Me responden que, sin ser ellos expertos, el cambio de titularidades que hice podría considerarse una donación (mal hecha) en vida y que lo consulte con algún experto, pero que ellos no pueden darme el certificado de saldo, por las razones ya mencionadas.
Bien, pues he aquí mi problema y mis preguntas para el experto:
1) No debí cambiar las titularidades, pero eso ya no tiene remedio. Si yo, ahora, me quedo con el dinero, así, sin más, puesto que ya está a mi nombre ¿Qué puede reclamarme Hacienda? ¿Podría imponerme una multa o, incluso, llevarme a juicio?
2) ¿Cómo puedo solucionar el problema para que todo quede de forma legal (no tengo ni idea de qué camino tomar)? ¿Sería muy costoso económicamente?
3) Si he de dirigirme a alguien, ¿quién me conviene más, un asesor fiscal o un abogado?
NOTA: Estoy sujeto a las leyes que, sobre herencias, se aplican en Castilla-León. En esta comunidad el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está bonificado (o exento) en un 99%, pero creo sólo es así si se hacen las cosas de forma legal. Cualquier alteración del cauce habitual me puede suponer la pérdida de dicha bonificación ¿es esto correcto?
En fin, un montón de preguntas/dudas que agradecería mucho que alguien con conocimientos me respondiese.
Respuesta de Abogados Edo
1