¿Se puede fraccionar el contrato de arras?

Por motivos personales mi pareja y yo nos mudamos de Barcelona a Cádiz y cuando íbamos a vender el piso al no pasar 3 años que lo compramos nos hemos enterado que tenemos que pagar mucho dinero por haber desgravado por vivienda habitual y no haber pasado el periodo mínimo para que se interprete como tal. Hasta aquí todo claro.
Hay una pareja interesada en el piso y hemos pensado una opción que puede interesar a ambas partes, lo que no se si esa opción esta estipulada por la ley y como puedo hacerla.
La idea es hacer un contrato de arras en el que los compradores lo paguen mes a mes hasta que pase el año (con ese dinero nosotros podemos ir pagando parte de la hipoteca) y una vez pasado el año firmar la compraventa con el descuento de esas arras.
En resumen, ¿sabéis si se puede fraccionar durante POR meses el pago de las arras?

2 Respuestas

Respuesta
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Es que en el contrato tu das una cantidad espeficica para asegurar que has comprado una vivienda y se debe de pagar a la firma del contrato.
Lo mejor para lo que vosotros buscáis es un alquiler opción compra, te explico tu alquilas la vivienda pero en realidad lo que haces es pagar poco a poco todos los meses la cantidad que vosotros acordéis, y esa cantidad se ira descontando del precio del inmueble. Todo esto fimado mediante contrato donde el inquilino accede a comprar la vivienda mediante este método y si se arrepintiese de la decisión de comprar perdería lo entregado.
Es como lo que queríais hacer con el contrato de arras pero en un alquiler. Es que no se hasta que punto lo que queréis hacer con el contrato de arras, es posible.
Gracias por contestar.
Lo del alquiler con opción a compra lo habíamos pensado también (es más o menos como lo que proponemos), lo que pasa que nos da miedo lo que pase de aquí a 1 año. Por si la pareja no quiere comprar el piso o quiere coger otro año de alquiler
¿QUÉ pasaría en ambos casos?
Si la pareja no quiere comprar el piso el dinero que te ha dado como arrendamiento seria para ti, y el contrato se puede ampliar las veces que vosotros veáis oportunas.
Es que un contrato de arras, se indica la cantidad que recibes, y el paga por el piso es una manera de asegurarte la venta del piso ya que casi siempre se hace de arras penintenciales me explico que si tu te echas para atrás a la hora de vender tu piso le debes de dar la cantidad de dinero que figura en el contrato dobladas y si el que se arrepiente es el supuesto comprados el pierde lo que te entrega, ¿es una manera de asegurar la venta casi siempre se suele hacer por una cantidad superior a 12.000? Es que no puedes fraccionar el contrato de arras por que se supone que tu a la firma del contrato, cobras el dinero indicado en el.
Que pasaría si tu firmas el contrato por 10.000 y te paga 4 meses pero después deja de pagar y el dice que te lo ha pagado ya, legalmente tu tienes un contrato firmado, y tu firma indica que tu has recibido ese dinero, yo creo que tu mejor opción seria el del contrato alquiler-compra pero yo no quiero influir en tu decisión, pero para mi es más seguro que lo otro, yo no digo que la gente que esta interesada en tu piso, sean malas personas pero en mi pueblo dicen que quien evita la ocasión evita el peligro.
Respuesta
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Hasta donde yo se cualquier contrato privado entre partes es legitimo y legal mientras se adecue a ley y no tenga establecida ninguna clausula abusiva en favor de alguna de las partes, por lo tanto tu en un contrato de arras puedes establecer tanto el tiempo de duración o mejor dicho de finalización del mismo así como el fraccionamiento del abono de dichas arras.
Dejaros ambas partes bien atado el hecho de incumplimientos y penalizaciones.
Gracias por contestar.
Me han comentado también la opción de un alquiler con opción a compra.
Lo del alquiler con opción a compra lo
Habíamos pensado también (es más o menos como lo que proponemos), lo
que pasa que nos da miedo lo que pase de aquí a 1 año. Por si la pareja
no quiere comprar el piso o quiere coger otro año de alquiler
¿QUÉ pasaría en ambos casos?
Si, lo del alquiler con opción a compra, lo instrumentáis también de forma correcta, seria una fórmula valida, pero efectivamente si la vivienda la alquiláis "como vivienda habitual" como es lógico la l.a.u. (ley de arrendamientos urbanos) os puede obligar a renovar el contrato de alquiler HASTA 8 AÑOS.
Yo me inclino mejor por lo de arras, ademas quien os compra el piso las entregas como arras son a cuenta del precio final y el alquiler con opción compra, siempre es un gasto de alquiler que no tenéis porque descontarlo del precio final pactado.
Otra cosa, en el alquiler con opción a compra no seria correcto FIJAR el precio de la vivienda, porque lo que estáis dando es UNA MERA OPCIÓN DE COMPRA y por tanto cuando llegara el momento de ejercerla por parte de los interesados es cuando deberíais de fijar dicho precio de la vivienda. Ellos serian quien tendrían preferencia de compra, pero al precio fijado, si luego la vendéis por menos, pueden reclamaros porque no les habéis respetado el precio (les podríais haber dicho un preci más alto para que os dijeran que no la quieren y vosotros venderla más barata a alguien que os pudiese interesar) si esto sucediese podrían ejercer un derecho llamado de TANTEO Y RETRACTO.

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