Aval bancario o deposito

Voy a coger un piso de alquiler en una inmobiliaria y me pide un aval bancario de 2.500 euros o un deposito de 2000. El aval me cuesta más de cien euros al año.

Que riesgos tiene el deposito y como debo hacerlo, la inmobiliaria me dice que el día de la firma del contrato lleve el justificante de ingreso, ¿qué seguridad me da eso?

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Imagino que el depósito tendrás que hacerlo a la cuenta de la inmobiliaria o a la del propietario y en ambos casos te expones a no recuperarlo nunca porque cualquiera de los dos puede desaparecer, gastárselo,...

Aunque te cueste dinero más vale que hagas aval

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Como tu ya has comentado, el aval bancario te supondrá unos gastos mientras que el depósito no.

Si finalmente optas por el depósito, yo lo que nunca haría es darle el dinero a la inmobiliaria o al propietario. Si quieres hacer las cosas correctamente deberías depositar el dinero junto con una copia del contrato en el departamento correspondiente de tu comunidad autónoma. De esta manera te aseguras de que no se queden con el dinero si les da la gana, ya que tendrán que justificar impagos para poder retirar ese dinero. Además si el dinero no esta depositado de esta forma tu no podrías deducirte el alquiler en la declaración de la renta.

Ten muy en cuenta lo que te digo, porque en la mayoría de las inmobiliarias el único que les interesa es su cliente (el propietario del piso y no tu) y harán lo que mas le convenga a él incluso perjudicándote a ti.

Yo lo que haría es comunicarle que vas a hacer el depósito y que les llevarás el justificante de ingreso en la Consejería de tu comunidad.

Si quieres saber como se hace exactamente es mejor que llames a la consejería correspondiente, ya que cambia de una a otras.

He llamado a la Comunidad de Madrid y solo se pueden depositar el dinero si la vivienda es del plan de la Comunidad de Madrid, esto es una inmobiliaria y no se puede, ¿Hay alguna otra forma de asegurar esa cantidad?

Muchas gracias por su consejo.

Yo no resido en la comunidad de Madrid, pero creo que quien te ha informado no tiene ni idea. Para poder deducir un alquiler en la declaración de la renta, sea cual sea tu comunidad, hacienda exigen que el dinero e la fianza este depositado en la consejería correspondiente.

Además no es por criticar al funcionario que te atendió pero simplemente poniendo en google fianza alquiler madrid me sale esto:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142474944249&language=es&pageid=1207574902719&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico

Como puedes ver, en Madrid si que hay ese servicio (que por otra parte indica que es obligatorio).

En el enlace te explica como hacerlo.

Muchas gracias por su aclaración.

He entrado en el portal de la vivienda y por lo que creo entender quien tiene que realizar el deposito es el arrendador, en este caso la inmobiliaria, no el inquilino o arrendatario. ¿me equivoco? esa me imagino que será suficiente garantía.

Entonces el día de la firma del contrato hay que llevar el justificante de ingreso a favor de la inmobiliaria y ya está, ella se encarga de todo y ¿el alquiler se puede desgravar en la declaración de la renta?

Muchas gracias por su información y perdonen las molestias.

Quien tiene que realizar el depósito es el propietario del piso y luego te tiene que dar a ti el justificante para tenerlo para la declaración de la renta.

No vaya a ser que el propietario no deposite el dinero, yo lo que te recomiendo es que lo hagas tu en su nombre. Cubre los formularios con sus datos y presentalo tu, así te aseguras de que se hace.

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