Régimen de visitas

Hola;
Tengo una duda; me acabo de separar de mi marido, tenemos un hijo de 9 meses y las cosas no están muy bien entre nosotros, no quiero perjudicar a mi hijo con todo esto pero mi ex me ha demostrado ser un mal padre... La custodia de mi hijo la voy a tener yo, el ha abandonado el hogar y tampoco tengo porque dejarle que vea a mi hijo cuando a el le venga bien, que es lo que pretende.
Me gustaría saber con un niño de esta edad que control tengo yo sobre el tiempo que estén mi ex y mi hijo juntos, quiero decir que si puedo controlar donde se lo lleva y con quien porque últimamente mi ex se esta juntando con gente que no me gusta y no estoy tranquila con que mi hijo este con esa gente.
Estoy muy preocupada por este tema, por favor aconséjenme

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No tienes ningún tipo de control ni puedes hacer nada. Él puede irse donde quiera y estar con quien quiera igual que tú y tampoco tiene la obligación de dercirtelo igual que tú tampoco tienes que decirle con quien estas. Ten presente que es y seguirá siendo su padre y tiene los mismos derechos y obligaciones que tú.
En este caso, lo más conveniente es que pactéis un régimen de visitas sin pernocta para los fines de semana alternos + vacaciones y que el niño vaya siempre a dormir a tu casa.
Al principio lo cumplirá pero con el tiempo verás como, si es como tu me dices, dejará de ir a recoger al niño y lo tendrás tu siempre.
De la otra forma si empiezas a no dejarle ver al niño lo que producirás será el efecto contrario, que lo utilizará para hacerte daño a ti, y entonces si que lo querrá tener siempre.
Pero ten presente que es su padre y un juez no se lo va a quitar porque las compañías que frecuente no te gusten.
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Le informo que ustedes al formalizar la separación, bien mediante divorcio bien mediante separación, deberán suscribir un convenio regulador (si es de mutuo acuerdo) o será el juez quien decida (en sentencia si se tramita vía contenciosa). En dicho convenio regulador o sentencia constará, entre otros particulares, el régimen de visitas con el hijo de aquel cónyuge que no ejerza la guarda y custodia del menor.
En el caso de que sea usted quien ejerza la guarda y custodia, su todavía marido dispondrá de dicho régimen de visitas. En principio, él se deberá ajustar a lo estipulado bien en el convenio bien en la sentencia. Por tanto, no se tratará de que vea a su hijo cuando le plazca, sino cuando lo fije la sentencia o el convenio regulador.
El tiempo en que esté su marido con su hijo ( y no olvide nunca que ello es un derecho tanto de su marido como de su hijo) será todo aquel que se fije en convenio o en sentencia. Lo que su marido haga en dicho tiempo, debe ser algo en lo que, en principio, no debe entrar usted. Ahora bien, si en dicho tiempo se produjesen circunstancias que pudieran afectar al bienestar presente y futuro del menor usted sí debería actuar en consecuencia.
Por tanto, todo cuanto se fije en convenio será aquello que regulará sus relaciones en el futuro. Respecto a las compañías de su todavía marido, eso es algo que no le debe influir. Se presume que él será lo suficientemente maduro como para darse cuenta que una cosa es su vida personal y otra muy distinta su vida como padre.
Espero haberle ayudado a aclarar un poco sus dudas, caso contrario no dude en plantearme el tema.
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Se acaba de separar de hecho o ha firmado ya el convenio regulador. Porque estas cosas deberían figurar en el mismo. Y si su marido no accede a firmar de mutuo acuerdo acudir a un divorcioc ontencioso.
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