Interés más necesitado de protección

Estoy casada hace 2 años en régimen de gananciales. Ahora nos vamos a divorciar, a el le ha sentado muy mal, y el divorcio se hará contencioso. No tenemos niños, la única propiedad en común es la vivienda conyugal que fue comprada antes del matrimonio por los dos. Los dos abandonamos el piso al mismo tiempo cuando decidimos separarnos, y cada uno nos fuimos a la casa de nuestros padres, aunque a la semana siguiente volví a residir en la vivienda. No ha habido forma humana de comunicarse con el para resolver el tema de mutuo acuerdo, evitando la buena fe que a todos se nos presupone, pero es que ademas en la demanda de divorcio (que el ha iniciado primero), demuestra mala fe y atenta contra mi dignidad con acusaciones indemostrables (por inexistentes). En definitiva, solicita el usufructo del domicilio conyugal y del ajuar domestico, por ser el "interés más necesitado de protección"mientras no se disuelve la propiedad proindivisa, a la vez que me exige que me siga haciendo cargo yo sola del préstamo al 100% y de todas las facturas, y gastos derivados de la propiedad. El esta en la baja (tras la separación), y yo estoy en paro hace ya más de un año. Yo sigo residiendo en la ciudad, sin embargo él la abandono, yéndose a residir a otra ciudad donde entonces todavía tenia el trabajo. El no manifiesta interés alguno en quedarse con la propiedad, ya que no le quedan vinculaciones, ni personales ni laborales en la ciudad donde esta ubicada la propiedad, solo quiere aprovecharse de una posible situación por hacer el máximo daño posible. Yo si que quiero quedarme con la propiedad, y en este sentido quiero que me aconsejen, y me digan los aspectos a considerar por los jueces para demostrar que yo soy el interés más necesitado de protección, y cuales son las cosas que me perjudican o benefician en este aspecto.
- ¿Importa algo el saldo en las cuentas del banco?
- ¿Importan las propiedades que puedan tener los padres?
-Puedo cambiar las cerraduras de la vivienda, ya que he sufrido amenazas por parte de él, ¿y yo sigo viviendo n casa?
- Cuanto me va a costar aproximadamente eldivorcio entre abogado, procurador, etc...
- ¿Cuál es el plazo de tiempo hasta que todo acabe?
- ¿En caso que el juez me asigne la vivienda y tengamos que hacer números que opciones tengo para esto y que métodos de valoración se aplican?
Espero ansiosa vuestra respuesta
Gracias por anticipado.

2 Respuestas

Respuesta
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Primero que todo no se de que ciudad seas, recuerda que cada Estado, y país tienen diferentes normas reguladoras del derecho, antes que todo debes de especificar esopara que te puedan ayudar.
Si estuvieras en el estado de Mexico, te diría que no están fácil quedarte con una propiedad que como tu dices es de el, ya que tu no puedes acreditar la propiedad del inmueble más aun si puedes adquirir la posesión de buena o mala fe dependiendo a los años de posesión pero te estoy hablando que esto solo se da en el estado de mexico habría que checar las leyes de tu estado o país.
Bay.
Soy española, y la vivienda no es suya, la compramos los dos.
Ok. Perfecto
Mira yo soy abogada y conozco las leyes de mi país (Mexico), pero recuerda que todo país se rige por su propia ley, te recomiendo que te adentres a la ley que rige tu asunto ya que aquí es un poco cambiante la ley y más la de los estados de la república mexicana, si en la ley de tu país especifica que tu tienes mayor derecho sobre el inmueble adelante tienes derecho a el
Suerte
Respuesta
1
Como usted bien dice no le quedará más remedio que tramitar el divorcio por el procedimiento contencioso, y será el juez quien decida todos los términos del mismo.
Entiendo que lo más lógico seria que el juez dictase que la vivienda se debe vender y proceder al reparto del dinero en proporción al porcentaje de propiedad, descontando el dinero que haya podido pagar de más una de las partes. Su abogado deberá solicitar que se le abone, con cargo a dicha venta, todas las facturas de la vivienda que usted ha pagado en el 100%.
Respecto al interés más necesitado de protección, deberá ser el juez quien lo decida. CAda uno deberá acreditar cuales son los términos de su situación personal y económica concreta.
Para hacer una valoración ajustada de su situación económica, es evidente que se deben presentar todos los documentos que justifiquen dichos extremos: cuentas corrientes, declaración del IRPF, propiedades, etc.
La propiedades de terceras personas no tienen que afectar en nada a la decisión del juez.
Respecto al coste del divorcio, si por su situación económica usted no puede pagarse un abogado, le informo de que existe el beneficio de la justicia gratuita (abogado y procurador de oficio). Dicho beneficio se debe solicitar previamente al pleito en el juzgado o en el colegio de abogados de su provincia.
REspecto al cambio de cerraduras, NI SE LE OCURRA! Si esta persona le amenaza de cualquier modo, verbal, escrito, sms, e mail,... usted deberá denunciarlo ante la autoridad competente, Policía, Guardia civil.
REspecto al plazo, pues este proceso se puede dilatar mucho en el tiempo. Por tanto, paciencia.

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