Bienes gananciales

Nos vamos a casar en Galicia, y allí rige el régimen de bienes gananciales. El caso es que el tiene una hipoteca de un piso (está a su nombre) que lleva pagando 6 años, si nos separamos ¿tendría yo derecho a alguna parte del piso o por el contrario me perjudicaría a mi la hipoteca en caso de que el no la pudiera pagar? Yo tengo un dinero ahorrado y me preocupa perderlo. ¿Deberíamos ponernos mutuamente en las cartillas de ahorro como beneficiarios o saldríamos perdiendo los dos?
Muchas gracias por su atención. Un saludo

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Si el piso es suyo y la hipoteca también esta a su nombre, a ti ni te beneficiaría ni te perjudicaría.
Ahora bien, de lo que se pagara de hipoteca mientras estáis casados a ti te tendría que reintegrar la mitad.
Da lo mismo como os lo pongáis, a partir de la boda, el dinero que se tenga es de los dos con independencia de como sean las cuentas, salvo algunos casos especiales de indemnizaciones, herecnias, etc.
Si temes perderlo póntelo en una cuenta a tu nombre ante de casarte y no lo gastes, o hazte un plan de pensiones, ...
¿Y en caso de fallecimiento de el que ocurriría? Me quedaría en la calle o tendría derecho a vivir en él, es que mis suegros creo que le han echado el ojo y han insinuado que sería para un nieto que tienen de otra hija que tienen... ¿pueden quedarse con el?
Gracias por su atención y por contestar con tanta celeridad. Un saludo
Si te separas de él no tendrías derecho a nada.
Si estas casada depende del testamento de él, pero tendrías derecho al usufructo de la mitad de la herencia, pero la propiedad sería de tus suegros.

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