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Gracias por la respuesta. Ja he puesto la puntuación.
Quisiera preguntarte por ultimo. ¿Dónde y quien nos puede hacer un contrato privador?
¿Gestor, abogado, notario?... Gracias y un saludo Cordial.

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Un abogado. Pero recuerda que el contrato solo tiendrá efectos frente a vosotros, no frente a terceras personas (Ejem. Si el coche esta a nobre de él y el lo vende tu no podrás hacer nada salvo reclamárselo a él, pero no al que lo compró)
Ok. Entiendo. ¿Pero para evitar en próximos proyectos que el ejemplo que me has puesto pueda pasar? ¿Es decir que vaya nombre de los dos desde un inicio? Gracias otra vez.
Debéis ponerlo a nombre de ambos o estar casados en gananciales.

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