Buenos días. En la sentencia de divorcio me dice que el periodo de vacaciones en verano es escolar. Pero mi hijo tiene 2 años, ¿con lo que las vacaciones serán de un periodo de un mes con cada progtenitor igual que el año anterior?.
Estimada usuaria Lo habitual es que si no se establece de forma más clara, el progenitor que no tiene la custodia pueda estar con el hijo un mes en las vaciones de verano (con independencia de que el hijo vaya o no al colegio), mes que se elige un año cada progenitor. En todo caso, también se suele poner en las sentencias y convenios, que el régimen de visitas que se estable en la sentencia, es subsidiario del acuerdo entre los padres, es decir, que si ambos están de acuerdo en que sea de otra forma, por la causa que sea, pueden hacerlo de esa forma sin problema alguno. Como las vacaciones escolares tienen más de un mes por lo general, se presume que el "resto" del tiempo, que excede del mes, (y que no se ha especificado nada al respecto)que pasa con el progenitor no custodio, lo pasará con el que tiene la custodia. Un cordial saludo Damián Prieto Abogado. Zaragoza