¿Ganancial o Privativo el Régimen después de Separarse

Hola ¡ Agradecería una aclaración, ¿ya qué he preguntado a dos colegas y uno me da un aversión diametralmente opuesta a la otra?.
Después de estar casado en RÉGIMEN DE GANANCIALES durante 20 años, me separo legalmente, y dicha inscripción se lleva a efecto en el Registro Civil pertinente. Primero me han dicho que cuando uno se separa Legalmente, automáticamente el Régimen de Gananciales pasa a ser de inmediato a ser de SEPARACIÓN DE BIENES, independientemente de si se han hecho o no capitulaciones matrimoniales. ¿Es esto correcto y que artículo del código civil lo contempla?.
Y lo segundo es, si efectivamente el Régimen es el de SEPARACIÓN DE BIENES tras la Separación, si la pareja vuelve a convivir, ¿continúa siendo de separación de bienes?
No sé si me he expresado bien, pero todo esto me supera... Gracias por vuestra comprensión y por vuestra inestimable ayuda.
Saludos Cordiales

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Veamos,
cuando te separas, tienes que hacer un liquidación de bienes si es que l oteneis, si no en esos bienes sigue habiendo sociedad
si vuelves a convivir con tu ex y no lo legalizas es decir te vuelves a casar o formalizas pareja de hecho, sigues con separación de bienes, pero claro todo tiene sus flecos, si se puede demostrar que en la nuevo convivencia hacéis pagos o inversiones en conjunto vuelve a ser gananciales, bueno no es exactamtne así pero al final que habrá que repartir
a ver si me explico
si vuelves con tu ex y compras un coche a tu nombre y resutla que puededemostrar que vives en su casa que ella paga el alquiler y los gastos o que ha pagado recibos de ese coche, pasaría a pertenecerle parte de ese bien .
Consulta un abogado es lo mejor

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