Hola, en caso de divorcio reparto del uso del domicili
Hola, divorcio entre hombre 39 años, renta liquida anual 13000, mujer 39 años, renta liquida anual 8500. Lugar de residencia piso propiedad del hombre, 2 hijos de 6 y 2 años. Ella pide la custodia de hijos y usufructo del piso. Yo quisiera saber el poder de negociación para proponer división del piso con dos accesos independientes y de 90 metros 26 de uso para mi y el resto para ella y los hijos. También me gustaría saber aproximadamente cuantía de pensión alimentación hijos. Muchas gracias por anticipado
En los divorcios de mutuo acuerdo, mediante el convenio regulador que debe firmarse y acompañar a la demanda, existe un espacio bastante amplio a la libertad de los cónyuges al proponer las medidas reguladoras, siempre, eso sí, que no perjudiquen a los menores. Ahora bien, si ustedes pudieran acordar la división que propone, con anterioridad a adoptarlo, le recomiendo que consiga un informe arquitectónico que defina la posibilidad física y legal de llevar a cabo la división y, además, en caso de pertenecer a una comunidad de propietarios, deberá obtener previamente a todo, tras el informe positivo anterior, la aprobación de la Junta de propietarios para poder llevar a cabo tal división, con lo cual podrá solicitar de su ayuntamiento la licencia de obras correspondiente. La solución propuesta, si permite o no interfiere en la vida independiente de su mujer, es una buena solución, y más en estas épocas de crisis, a la par que beneficiaría a los niños, por cuanto las estancias que deban estar con cada uno de los padres no les producirá ningún trauma añadido al tener que cambiar de barrio (o ciudad), vecinos, amigos, etc. No entendería una negativa judicial a tal solución. En cuanto a las pensiones a favor de los hijos, debo decirle que no existe ningún baremo legalmente establecido de las cuantifique. Sin embargo, sí que existen unos baremos ideados por profesionales expertos en este campo, que han sido aceptados por la mayoría de los juzgados y, aunque no son preceptivos, suelen acoger los resultados obtendios. En su caso, al haberme facilitado rentas anuales liquidas, para poder hacer un cálculo aproximadado mensual he procedido a dividir las dos cantidades por 14, para obtener una renta mensual de los dos. En base a ella, y dejando a salvo, las diferencias que puedan haber por el cálculo de las rentas que me ha facilitado, resulta que usted debería abonar mensualmente por su dos hijos la pensión de 256 euros mensuales (insisto, por los dos). Tenga en cuenta que para su cálculo, a parte de las necesidades de los menores, se tiene en cuenta la disponibilidad económica de ustedes dos. Cantidad que deberá ser actualizada anualmente. Tenga en cuenta que, además, en casos de divorcio, el código civil contempla para el cónyuge al que le suponga un estado de empeoramiento con respecto al estado económico existente durante el matrimonio, el derecho a una pensión compensatorio por un tiempo determinado o indefinido, tomándose como parámetros para su cálculo, entre otros, el tiempo dedicado a la familia. Si es necesaria información más precisa, no lo dude y escriba. Entre tanto.
Muchas gracias, quería preguntarte si al dividir el piso en aproximadamente un 25% y un 75%, también se deberían repartir gastos del piso (agua luz, etc)
Si al dividir el piso, se conserva un solo contador para la luz, el agua, etc., uno de los pactos que puede hacer es, o bien solicitar un nuevo contador para la unidad independiente (así tendrán los consumos respectivos) o bien repartir los recibos generales de acuerdo con el uso que se haga de cada uno de los servicios.