¿Tengo derecho a pensión compensatoria?

Mi marido y yo hemos decidido separarnos de común acuerdo, después de 10 años de matrimonio, tengo 37 años y un hijo en común de 4 . Mi sueldo neto es de 1000€ al mes con un contrato de interinaje que tal y como están las cosas puede acabar en cualquier momento ( hasta el 20 de septiembre no hago el año ). Mi marido ronda los 2500€ netos mensuales, con contrato indefinido.
Queremos que la custodia del niño sea compartida, por lo que entiendo que cada uno se hará cargo de los gastos según el nivel de ingresos.
Ahora bien, según nuestra situación, ¿tendría yo derecho a obtener una pensión compensatoria?, porque quedo en peor situación que él .
Un dato hasta que tuvimos el niño los dos aportamos igual ingresos pues estábamos en la misma empresa.

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Le doy traslado de lo que, legalmente, es necesario para optar a una pensión compensatoria:
El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.
A falta de acuerdo de los cónyuges, el Juez, en sentencia, determinará su importe teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:
Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.
La edad y el estado de salud.
La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.
La dedicación pasada y futura a la familia.
La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.
La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
La pérdida eventual de un derecho de pensión.
El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.
Cualquier otra circunstancia relevante.
En la resolución judicial se fijarán las bases para actualizar la pensión y las garantías para su efectividad.
Gracias por responder tan rápido pero esa información ya la tenia, así que me dirigía a ti explicándote mi situación personal para que con tu experiencia profesional me dieses una respuesta más concreta.
Lo que tiene que ver es, no que quede ahora en peor situación porque el está cobrando más, sino si usted está ahora en peor situación de la que tenía justo antes de iniciado el matrimonio.
Eso, junto con los otros factores, determina si tiene derecho o no. Mi opinión es que tiene difícil el que le otorguen el derecho a pensión compensatoria. Es lo que le puedo decir sin conocer el asunto en profundidad.
Una cosa más no se si me puedes ayudar en esta cuestión.
Vamos a vender nuestra vivienda habitual, tendremos que pagar plusvalía tanto si uno de los dos le compra la parte al otro o vendemos a un tercero para repartir a partes iguales y después invertir este dinero en lo que sería nuestra nueva vivienda habitual.
Gracias.
La plusvalía siempre se paga sea quien sea el comprador. No obstante, no es mi especialidad el tema fiscal por lo que le sugiero que esa pregunta la realice a un experto en la materia.
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Con los datos que aporta no es fácil que se la otorguen

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