¿Son considerados gastos extraordinarios los de material escolar y libros?

Los gastos de libros y material escolar, así como el gasto de ropa de uso habial, ¿Se consieran gastos extraordinarios?
Esta pregunta se la formulo partiendo de 2 casos:
a) En mi caso, paso una pequeña pensión a favor de mis hijos (ella tiene la guarda y custoria) por estar en desempleo y hasta ahora, los gastos de libros escolares y clases particulares, los hemos pagado al 50% entre mi ex-mujer y yo.
b) Una buena amiga tiene custodia compartida y no existe pensión alguna, asumiendo todos los gastos ordinarios cada uno cuando surgen, pero en el acuerdo, esta firmado que los gastos extraordinarios corren a cargo del ex-marido.
¿Cómo debemos actuar cada uno?
Reciba de antemano mo más sincero agradecimiento
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1 respuesta

Respuesta
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En mi opinión, se consideran gastos ordinarios y, por lo tanto, incluidos dentro de la pensión de alimentos.
a) Que paguen esos gastos a medias no significa que usted esté obligado a ello. Eso son gastos ordinarios.
b) Si ambos han acordado eso, así lo deben hacer.

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