Separación de bienes

hola buenas tardes mi nombre es antonio me dirijo a usted por el siguiente motivo estoy divorciado desde enero de este año en junio me he vuelto a casar pero mi esposa es colombiana me case el 22 de junio le afecta a ella las deudas que tengo con mi ex mujer pues según el acuerdo mutuo mi ex se haría cargo del 50% tal como se dicta en la sentencia pero ella no esta trabajando y solo tiene una ayuda + la pensión que yo le paso a mis hijas crees que debo hacer separación de bienes no quiero que le afecte a mi esposa actual que me aconseja que haga,gracias y un saludo

Respuesta
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Las deudas suyas anteriores no le afectarán de ninguna manera a su nueva esposa ya que esas deudas son privativas de usted.

Por tanto, no debe preocuparse por eso.


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tengo una preguntita que hacerle resulta que

hoy he recibido un requerimiento a petición de mi ex dice ejecución forzosa del régimen de visitas y que tenia 10 días para contestar tras informarme he pedido 2 abogados de oficio

1º paralizar la ejecución creo que es para eso no se

2º modificación de medidas

llame al abogado de ella de mi ex y me dijo que ese requerimiento no llegaba a ningún lado

pero yo le dije que en que consistía me dijo que el juez pedía que yo debía cumplir el régimen de visitas y ya esa que no era nada malo y que no llegaba a ningún sitio o era un juicio tampoco una demanda solo eso que debía cumplir el horario `pero yo no puedo cumplir estrictamente el régimen de visita por que trabajo tampoco tengo vivienda donde tener a mis hijas los fines de semanas que me toca pasar con ellas y martes y jueves estoy las tardes con ellas pero si me toca una alarma de la central debo acudir es mi trabajo así que por eso al informarme en el juzgado me han comentado que pidiera los 2 abogados de oficio.

ahora bien si yo no daba mi contestación y dejaba pasar los 10 días quedaría como que lo que dice esta mujer(mi ex)era cierto y no es verdad anteriormente a todo esto me denuncio por incumplimiento del régimen de visitas caso que yo quede absuelto porque yo nunca he perdido el contacto con mis hijas es de ahí que haya pedido la ejecución pero yo no voy a poder cumplir estrictamente el horario del régimen de visita ni tampoco podre tener a mis hijas todo el fin de semana por que no tengo donde tenerlas ¿que me podrá pasar según esto ?¿como hago para que pueda faltar al régimen de visitas sin tener que verme envuelto a cada momentos en temas de denuncias por este tema? gracias y un saludo

¿que suele suceder en estos casos?¿que pasaría si trabajara fuera y no pudiera estar con mis hijas POR.EJEMPLO?

Lo que le dice el abogado tiene razón.

Lo que debe hacer si trabaja fuera es proceder a la modificación de medidas, para modificar el régimen de visitas. Lo aconsejable es que esa modificación de medidas se haga de mutuo acuerdo.

Si ella le ha interpuesto una modificación de medidas contencioso, siempre se puede reconducir al mutuo acuerdo.

ella no me ha pedido una modificación de medidas contencioso solo es una ejecución forzosa del régimen de visita para obligarme a cumplir el régimen de visitas y yo no lo puedo cumplir estrictamente solo por motivos de mi trabajo,gracias

Lo que tiene que hacer pues usted es interponer una demanda de modificación de medidas para modificar el régimen de visitas por motivos laborales. Para ello necesitará abogado y procurador.

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