Vivienda en matrimonio con separación de bienes e hijos mayores no comunes...

Somos un matrimonio en régimen de separación de bienes, sin hijos en común, con un hijo mayor de edad cada uno de matrimonio anterior (24 y 25 años) y ninguno tenemos vivienda en propiedad.
Uno de los cónyuges quiere comprar un piso conjuntamente con su hijo y figurar ambos como propietarios en la escritura para cuando el progenitor fallezca quede el hijo como único propietario.
Las intenciones son que el otro cónyuge no sea propietario y disfrute de la vivienda hasta su fallecimiento y que su hijo no tenga ningún derecho sobre el inmueble.
Las preguntas son:
1. ¿Tiene o podría tener el hijo del cónyuge no propietario algún derecho a la vivienda en el presente y futuro?
2. ¿Qué derechos tiene el cónyuge no propietario en caso de un hipotético divorcio? Por ej. ¿podría exigir la venta del piso o, traerse a su hijo a la vivienda?

1 respuesta

Respuesta
1

El hijo del no propietario, no tendría ningún derecho, al no ser su padre legítimo ya que no le corresponde legítima. En el testamento del propietario deberá constar que el piso va destinado a su hijo.

Respecto al cónjuge tendría el derecho de usufructo de la vivienda, pero no la priedad.

Espero haberlo ayudado. Si tiene cualquier duda, puede contactar
conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. Ejerzo en
Barcelona y actúo en todo el territorio español.


Ruego
Finalice la pregunta positivamente. Y recuerde que esto no es un
asesoramiento, ya que carezco de documentación y argumentos para
analizar el caso como es debido. Gracias.


Att. Marc
Abogado

Buenos días y muchas gracias por la rápida respuesta.

La segunda pregunta no ha sido respondida.

Creo que es positiva mi valoración. Una vez respondida la segunda pregunta podría cambiar a genial, una fantástica respuesta.

Gracias

La segunda pregunta, debía ser respuesta con que el cónyuge no propietario tendría el usufructo no la propiedad, por lo que no podría exigir su venta. El no propietario no puede exigir la venta. El piso será del propietario. El no propietario podrá traer a su hijo si entre ellos hacen un núcleo familiar. Y el no propietario tiene el uso de la vivienda. Si tras el divorcio no se le ha concedido el uso no podrá exigir nada.

Gracias. Una última aclaración y finalizo.

¿Qué ha querido dar a entender con:

"El no propietario podrá traer a su hijo si entre ellos hacen un núcleo familiar. y el no propietario tiene el uso de la vivienda".

Le añado que el hijo del no propietario a su vez tiene un hijo menor nacido de pareja de hecho actualmente separados.

GRACIAS

Si existe separación, y al no propietario se le adjudica el uso de la vivienda, podrá traer al hijo si éste depende del padre/madre, para vivir. Si puede vivir por su cuenta no.

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