Derecho de la herencia del cónyuge

Tengo el caso de un amigo, el cual le cedió en vida a su madre unas acciones de una empresa, esta falleció y la herencia son las acciones y una propiedad la cual se repartirá entre todos los hermanos. Estos le entregaran a el las acciones pues son las que el en vida le dio a su madre. Que pasa si el no desea que estas queden dentro de su patrimonio para no repartirlas con su cónyuge, cuando es una herencia el cónyuge o compañero permanente tiene derecho a esta en la división de bienes y si no tendría derecho al usufructo que esta herencia genere. Si de las acciones no quiere que entre en una posible repartición de bienes puede hacerlas figurar con herencia en vida que los hermanos le entregan o como seria la mejor manera de manejarlo.

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Decirle que las herencias son de cada uno. No entran a sumarse a los bienes gananciales. Con que su amigo tenga un documento, como por ejemplo el cuaderno particional en el que quede reflejado que hereda esas acciones, esas acciones serán suyas y su cónyuge no tendrá derecho a nada. Ni siquiera al usufructo.
Con esto creo que está todo claro. Con un documento oficial que diga que él hereda algo, eso es suyo en exclusiva.
Por favor, no olvide valorar y finalizar la pregunta para que se me quede libre.
Hola te agradezco la respuesta, fue muy clara; pero mi duda es, si los hermanos que recibieron parte de esas acciones como herencia, quisieran dárselas a uno solo, de que manera podrían traspasarlas (como herencia, donación, venta), cual seria la mejor manera para que el cónyuge no tuviera derecho a estas ni a su usufructo. Gracias de antemano
Esta nueva pregunta ya está contestada., pero bueno, voy a ampliar lo que te dije antes:
Ya te digo que cuando hay varios bienes y varios herederos, han de reunirse, ver de como acordar el repartirse la herencia, hacer una especie de borrador y cuando todos están de acuerdo, pues se van al notario y firman el "cuaderno particional".
En el cuaderno particional, lo que hacen es repartirde la herencia entre todos (y no tiene porqué ser a partes iguales) y prestar su conformidad a ese reparto.
Lo dicho: Como tienen que repartirse la herencia, pues ponen por ejemplo: Estas acciones para Pepe (ya son adjudicadas por herencia y son solo suyas) y además Pepe se queda con tres corderos. La vaca para Juan, el ternero para Antonio y además para Lolita, una docena de gallinas.
Ya lo tiene adjudicado por herencia y como repito: la herencia es suya y el cónyuge no tiene derecho a nada.
Por cierto que eso que me decía en su pregunta inicial, sobre que cuando es una herencia el cónyuge o compañero permanente tiene derecho a estar en la división, Pues ya habrá comprendido a estas alturas que NO. No tiene derecho a nada. La herencia no es suya.
Como es lógico, al entrar en herencia, habrá de pagar impuestos por heredar esas acciones.
Ya si tiene algún documento que pueda demostrar que él cedió en su día esas acciones, tal vez se librara de el impuesto ya que solo está recuperardo lo que es suyo. Pero habría que analizarlo todo.
Pero claro, si lo hacen de otra forma, como usted dice: venta, donación... Pues también tendrá que pagar impuestos, pero entrará en gananciales. Con lo cual, no habrá conseguido lo que pretende y que consigue si es herencia.
Bueno, ya no se que más decirle. Creo que todo está claro, pero si le queda alguna duda, ya sabe que aquí estoy.
Si no tiene más que añadir, valore y finalice la pregunta.

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