Herencia de hijo de otra mujer no reclamada

Mi padre murió hace 15 años, somos 2 hermanos y mi padre tuvo una relación paralela en otro país (Rumanía)con la que tuvo un hijo que reconoció. Mi madre desde entonces le manda una cantidad de dinero cada seis meses. No hay ningún tipo de contacto con el, ni con su madre. El tiene 17 años y querría saber si puede algún día reclamar la herencia de mi padre o de mi abuela cuando muera o si prescribe su derecho a reclamarlo ya que aun no lo ha hecho. Gracias.
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Pues lo suyo es que habléis con él, y aceptéis la herencia de vuestro padre. Porque si no, si por ejemplo hay un piso, ese piso jamás será vuestro, no podréis venderlo, ni ponerlo en garantía de un préstamo, ni alquilarlo... nada. Porque él tiene derecho a un tanto por ciento y sin su firma no podéis ni cambiar el lavabo del baño porque se rompa.
El derecho para reclamar una herencia vence a los 30 años, pero a base de presentaros ante el juez y tal, y dejándolo fuera,.
Mi opinión es que lo mejor es contactar con él, ofrecerle algo y cuando cumpla los 18 y sea mayor de edad, que firme ante notario y os quitáis un peso de encima.
Si reclama, habréis de llegar a un acuerdo y si no, puede presentar una demanda juduicial y el juez que velará por su derecho como heredero a recibir su parte, ordenará la venta en pública subasta de los bienes y repartirá el dinero.
Tal como lo planteas, yo no tendría mucho miedo a que se atreva a demandar, pues su parte es muy pequeña. Pero hay que tener en cuenta que por muy pequeña que sea, esa parte le da un gran poder. (Como os he dicho, si se quiere vender, alquilar o lo que sea).
Os podría hacer mucho daño.
Lo mejor es quitarse ese problema de encima.
Llegar a un acuerdo, compensarle y que acepte la cantidad que sea en pago de su legítima y en paz. Ya todo es vuestro de verdad.
Es un poco complicado, pero en realidad muy fácil, si hay entendimiento.
Quería aclarar que la herencia ya esta aceptada hace 15 años, y ni este niño(hermano) ni su madre han reclamado nada, viven en Rumanía, y tuvieron conocimiento de la muerte de mi padre cuando se produjo.
Pues seguimos igual.
Ya le digo que tiempo para reclamar son 30 años.
Otra cosa hubiera sido que renunciara ante notario a la herencia.
Pero no ha renunciado a ella.
Porque la ley dice que hay que aceptar o rechazar. Y ante notario.
Osea, que a dejar pasar los años. No hay otra.
Lo que pasa es que si decidiera un día reclamar le resultaría difícil ya que han pasado muchos años y la herencia ya se repartió y habría de iniciar u proceso judicial, muy largo, con final incierto y muy costoso.
Si además sumamos que vive en Rumanía, pues lo tiene peor.
En fin, que no hay más. Lo dicho: Dejar pasar el tiempo.
Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.

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