Herencia dudosa

Mi caso es que mi abuela, viuda, tiene una casa valorada en 500.000e, la ha "vendido" o donado, por lo visto le ha firmado un papel como venta, a mi otro primo, mi abuela tiene 2 hijos, mi madre y su hermano que es abogado. Yo me acabo de enterar ahora y quisiera saber si yo tengo derecho a reclamar, mi madre dice que a ella le da igual. ¿Puedo demandar? Qué solución me dais.

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Hay algo que no mencionas y es de suma importancia.
1º- Si tus abuelos estaban casados en gananciales, la mitad de lo que tuvieran es de cada uno.
Osea, que esa casa sería el 50% de tu abuelo, y el 50% de tu abuela. Y tu abuela no puede disponer de lo que no es suyo.
2º- ¿Tu abuelo dejó testamento? Porque hay que ver el reparto que hace de su herencia en ese caso.
Pero si no dejó testamento, su 50% es a repartir entre sus dos hijos a partes iguales, por lo que a tu madre le correspondería ya el 25% del total de la casa.
3º- Por muy abogado que sea el hermano de tu madre, eso no puede alterarlo. La Ley está por encima de todos los abogados del mundo.
4º- Las herencias son un derecho. No una obligación, osea que se pueden aceptar o se pueden rechazar.
Y tanto una cosa como la otra, para ser válida ha de hacerse ante notario. Mientras tanto, la herencia sigue estando allí, y se llama "herencia latente".
Y mientras no acepte la herencia ante notario, no es dueña de nada.
Tu madre, imagino que no ha renunciado a nada. Por tanto esa parte le corresponde.
También le corresponde una parte de lo de tu abuela. Pero habrá que esperar a su fallecimiento a ver si dejó o no testamento, el reparto que hace en el mismo, y si no dejó testamento, a tu madre la corresponde otro 25%.
5º- Eso de que le "ha vendido o donado", y que "ha firmado un papel" es algo demasiado ambiguo. No se puede decir nada sobre ello, pues no conocemos si ha hecho algo, y de que manera. No es lo mismo un "papel", que una escritura notarial, que es el único documento oficial válido para trasmitir una propiedad a otra persona.
6º- Tu madre es la heredera. Es la persona a la que corresponden esos derechos.
Y por tanto es la única que podría reclamar. Tu no eres heredera, (salvo que haya testamentos y te asignen algo).
Si tu madre falleciera, o te diera poderes notariales o renunciara a su herencia (ya pasaría a sus hijos el derecho), entonces sería cuando tu podrías iniciar gestiones.
Pero como te he comentado: Para tener derecho, hay que aceptar la herencia ante notario. Y el derecho seria de tu madre, salvo que ocurra alguno de los tres supuestos que te he comentado.
7º. Por desgracia, una persona viva puede hacer con lo suyo lo que quiera: Vender, regalar, donar... gastárselo... Nadie puede negarle ese derecho. Y tu abuela está viva.
Cuando fallezca ya es otra cosa.
Entonces si que se pueden hacer gestiones (los herederos legales). Y ver que ha pasado con la herencia, e incluso pedir la legítima sobre lo que haya donado o vendido a otro heredero.
8º- Como tu tío es abogado, imagino que lo habrá hecho todo muy bien, para no pillarse los dedos, pero seguimos en las mismas. Los derechos a herencia del abuelo y la legítima de la abuela, no se la puede quitar nadie a tu madre, por muy abogado que sea.
9º- Por supuesto, sin datos concretos, poco más puedo contestar.
10º- ¿Consejo? Pues de momento, pedir una verificación en el registro de la propiedad, o nota simple, en la que os dirá quien o quienes son los propietarios de ese inmueble.
Porque lo que aparezca en el registro es lo válido.

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