Heredera
He heredado con mis dos hermanos una casa de mi padre, mi madre la tendrá asta su muerte en uso y disfrute
la pregunta es que impuestos he de pagar ahora, y si yo no quiero hacer escritura nueva con mis hermanos ahora me perjudico en algo
solo quiero liquidar lo que sea obligatorio y olvidarme de esto asta la muerte de mi madre
gracias un saludo
la pregunta es que impuestos he de pagar ahora, y si yo no quiero hacer escritura nueva con mis hermanos ahora me perjudico en algo
solo quiero liquidar lo que sea obligatorio y olvidarme de esto asta la muerte de mi madre
gracias un saludo
Respuesta de El Fede
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Pues (que no lo dice), si la casa estaba a nombre de sus padres, (de los dos), por estar casados en gananciales y ser adquirida en el matrimonio, la mitad de la casa es de cada uno.
O sea, que tienen dos herencias por delante.
Dos herencias totalente diferentes y por separado.
Por mucho que concurran en un mismo piso.
Así que han de aceptar la herencia de su padre. (Aceptar su 50%).
Y cuando su madre fallezca, aceptar e 50% de su madre.
Es algo que van a tener que hacer.
Dos aceptaciones de herencia.
De eso no se salvan.
Y por tanto, les aconsejo que lo hagan ahora.
Que luego, vienen los problemas, y muchas veces muy gordos por no hacer las cosas en su momento.
¿Pagar?, pues los impuestos de sucesiones.
Dan seis meses de plazo tras el fallecimiento.
Estos impuestos están delegados en las comunidades autónomas y cada una de las 17 comunidades, les da tratamiento diferentes.
Unas no lo cobran, otras solo cobran una cantidad simbólica, otras cobran poquísimo y otras te pegan un buen "clavo".
Han de consultar y pagar en la oficina liquidadora de su comunidad autónoma.
Lleven un recibo de la contribución (el IBI), ya que en él aparece aparte del valor catastral, la referencia catastra, que es la que meterán en su ordenador y les dirán los impuestos a pagar.
Si dejan pasar los seis meses, les ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Aparte, luego te viene la multa por defraudación a la Hacienda Pública.
Y son altitas.
Bueno, pues un saludo y si no tiene más que añadir, les ruego finalicen la pregunta para que se me quede libre.
O sea, que tienen dos herencias por delante.
Dos herencias totalente diferentes y por separado.
Por mucho que concurran en un mismo piso.
Así que han de aceptar la herencia de su padre. (Aceptar su 50%).
Y cuando su madre fallezca, aceptar e 50% de su madre.
Es algo que van a tener que hacer.
Dos aceptaciones de herencia.
De eso no se salvan.
Y por tanto, les aconsejo que lo hagan ahora.
Que luego, vienen los problemas, y muchas veces muy gordos por no hacer las cosas en su momento.
¿Pagar?, pues los impuestos de sucesiones.
Dan seis meses de plazo tras el fallecimiento.
Estos impuestos están delegados en las comunidades autónomas y cada una de las 17 comunidades, les da tratamiento diferentes.
Unas no lo cobran, otras solo cobran una cantidad simbólica, otras cobran poquísimo y otras te pegan un buen "clavo".
Han de consultar y pagar en la oficina liquidadora de su comunidad autónoma.
Lleven un recibo de la contribución (el IBI), ya que en él aparece aparte del valor catastral, la referencia catastra, que es la que meterán en su ordenador y les dirán los impuestos a pagar.
Si dejan pasar los seis meses, les ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Aparte, luego te viene la multa por defraudación a la Hacienda Pública.
Y son altitas.
Bueno, pues un saludo y si no tiene más que añadir, les ruego finalicen la pregunta para que se me quede libre.
Hola buenas ante todo gracias por responderme, pero no tengo todo claro
haber he heredado con mis 2 hermanos la casa de mi padre ya que estaba escriturada en gananciales pero en privativo estaba a nombre de mi padre ya que fue una herencia que el recibió
ami me llamaron la semana pasada de una notaria y me informaron que mis hermanos habían abierto el testamento de mi padre y que mi madre estaba como que la casa era heredera en disfrute de la casa y en propiedad los 3 hijos
el notario me dijo que mis hermanos quieren escriturar la casa a nombre de los 3
pero yo no tengo ahora dinero para hacer frente a unas escrituras
así que yo lo que quiero saber que me obliga la ley a pagar y dejar de hacer ahora escrituras
yo no tengo ninguna relación con mis hermanos (más bien estoy en juicios con ellos por darme una paliza pero eso es otro tema
por favor te agradezco un montón que me asesores
yo no tengo ningún recibo de la contribución
si voy a pinto(madrid) ala oficina liquidadora que voy a dar de datos que lio
gracias y un saludo
haber he heredado con mis 2 hermanos la casa de mi padre ya que estaba escriturada en gananciales pero en privativo estaba a nombre de mi padre ya que fue una herencia que el recibió
ami me llamaron la semana pasada de una notaria y me informaron que mis hermanos habían abierto el testamento de mi padre y que mi madre estaba como que la casa era heredera en disfrute de la casa y en propiedad los 3 hijos
el notario me dijo que mis hermanos quieren escriturar la casa a nombre de los 3
pero yo no tengo ahora dinero para hacer frente a unas escrituras
así que yo lo que quiero saber que me obliga la ley a pagar y dejar de hacer ahora escrituras
yo no tengo ninguna relación con mis hermanos (más bien estoy en juicios con ellos por darme una paliza pero eso es otro tema
por favor te agradezco un montón que me asesores
yo no tengo ningún recibo de la contribución
si voy a pinto(madrid) ala oficina liquidadora que voy a dar de datos que lio
gracias y un saludo
Ya voy entendiendo.
Porque muchas veces las respuestas las damos por como nos plantean las preguntas, pero claro, muchas veces hay "razones" ocultas que no nos dicen.
Y la ley es tan amplia, que para cada caso hay una respuesta, porque en cada caso hay intereses diferentes.
De todas formas, eso de abrir el testamento, no es así.
Eso pasa en las pelícilas.
En España es diferente.
Usted consigue un certificado de defunción (original), en el registro civil o la misma funeraria que hizo el sepelio, que siempre piden de más. Es gratis.
Con ese certificado va a la secretaría del ministerio de justicia de su ciudad (juzgados), y pide el certificado de últimas voluntades (también gratis), en el que le dice en que fecha y ante que notario hizo testamento.
Con los dos certificados, va al notario y le pide copia del testamento.
Y se la dará.
Y guarde todo bien, que le hará mucha falta.
Si alguien quiere algo... FOTOCOPIA.
Los originales son suyos. No se desprenda de ellos.
Bueno, verá: El plazo para aceptar (o reclamar) una herencia son 30 años.
Así que de momento, tranquilos.
La verdad es que en este caso, el aceptar la herencia puede no ser conveniente.
Mejor dejar pasar el tiempo y si acaso que los abogados (que tarde o temprano entrarán en liza), se arreglen.
Lo importante (y mayor costo) es los impuestos de sucesiones.
Es lo más peligroso.
Y se pueden pagar, sin necesidad de aceptar la herencia.
Si no tiene un recibo de la contribución no importa, ya que los registros son públicos.
Puede ir al registro de la propiedad al que corresponda el piso y pedir una nota simple en la que aparecerá la referencia catastral.
Nadie se va a enterar. Cualquiera puede pedirlo y en cualquier momento.
Paga sus impuestos y tan tranquila, y a esperar.
Si su madre hereda el usufructo, salvo que ella firmara ante notario renunciando a él, no se puede hacer nada con la casa mientras viva.
No se puede vender.
Igual que si aceptan la herencia los tres hermanos. Mientras su madre viva, no pueden vender, o sea que están en las mismas y por tanto, no hay que correr.
No es necesario aceptar la herencia "ya de ya".
Además, en su caso, veo muy conveniente que no acepte la herencia, y por otras razones.
No por el tema del dinero que representa aceptar, ya que en escrituras y tal, no les va a representar más de unos 200 euros a cada hermano. Más o menos.
Por cierto, una cosa más. Ahora que caigo.
Pinto es de la comunidad autónoma de madrid.
Bueno, pues está de suerte.
Mucha suerte.
En su comunidad de padres a hijos no se pagan los impuestos de sucesiones.
Así que con la nota del registro, va a la oficina liquidadora, y le rrellenarán el impreso que saldrá a "cero".
No tendrá que pagar.
Bueno, prosigo:
Como digo es hasta muy conveniente que ahora no acepte la herencia.
Déjelos que se pongan nerviosos.
Porque al aceptar la herencia, todos van a ser propietarios.
Cada uno de una tercera parte del piso.
Y la ley les permite que antes de aceptar esto (que se llama pro indiviso), les autoriza a negociar y llegar a un acuerdo.
Es decir, que puede que a uno de los hermanos le interese el piso.
Pues al aceptar la herencia, se lo adjudica y es único propietario.
Pero compensando económicamente a los hermanos.
Se ahorran un montón de gastos y escrituras.
También puede que a dos o a uno le interese vender y coger dinero.
Que se puede hacer, pero está el usufructo.
Y pueden mañana llegar a un acuerdo de poner en venta por un precio lógico, y repartir.
Como verá hay dos cosas a tener en cuenta.
Una que no pasa nada por no aceptar la herencia ahora.-
Y otra que pueden negociar y ver qué quieren los demás.
Desde luego, en su situación, lo mejor es llegar a un acuerdo de un precio, vender y repartir.
Y si no, que uno solo se quede la propiedad, y usted coge su dinero.
El caso es que creo que es lo que a usted más le interesaría.
Si sus hermanos se empeñan en aceptar, terminarán por poner el tema en manos de un abogado que la citará y presionará.
Y como no conoce las leyes, pues se asustará.
Pues tranquila que los abogados están para eso, pero no son dioses del Olimpo.
Presionará y amenazará.
¿Forma de frenar al abogado?
Pues estando informada, como yo le estoy informando.
Que vea que usted sabe sus derechos.
O contratar a otro abogado que le va a costar el dinero.
¿Si acepta la herencia? Se ven en pro indiviso.
Y entonces si que pueden solicitar judicialmente la división de la herencia, que pasa por demandarla a usted y termina (tras mucho tiempo y mucho gasto para las dos partes) en la pública subasta, que a nadie le interesa.
Porque en las subastas hoy en día no se saca más del 50% del valor real del piso.
Se subasta y el juez reparte el dinero que se saque.
Pero ya digo, que a poco que se informen, verán que eso no les interesa.
Más interesa llegar a un acuerdo.
Lo malo es que si van con el tema a un abogado, este les dirá que nada, que muy fácil, que se presenta demanda y tal.
Pero no les va a informar de los gastos, ni de los inconvenientes que son muchos.
Y claro la gente se lanza a demandar y luego les llegan las sorpresas.
Pero ya entonces el mal está hecho. Y la demanda puesta, que termina en subasta.
Pongamos que el piso puede valer 200.000 euros.
Una tercera parte es suya,... 66.600 euros.
Pues si le dicen que le dan 50.000, mi consejo es que los coja y se quite de en medio.
Porque si terminan en la demanda y la subasta, más de 20.000 no va a sacar.
Es duro aceptar esto, pero es el mejor consejo que puedo darle.
No soy abogado y por tanto no busco clientes.
Me puedo permitir el lujo de decirle las cosas claritas.
Por supuesto, hay muchas más cosas que decir, pero ya dependerán de la actitud de sus hermanos.
Porque en estas negociaciones, las cosas son como un árbol.
Hay un tronco por el que subes, pero te vas encontrado con ramas, que se dividen en otras ramas y estas en otras.
Al final del camino, no sabes en qué rama terminarás y si será la que tiene las mazanas más gordas o las feas y podridas.
¿Ahora? Pues si. Pueden iniciar demanda judicial para obligarle a aceptar la herencia.
Calcule un par de años.
Y en ese tiempo, se pueden hacer muchas negociaciones y llegar a un acuerdo.
Pero teniendo en cuenta que usted tampoco se va a oponer a la demanda. No le interesa.
Pero no tiene más que trasmitir su deseo de cobrar y olvidarse de lo demás.
Y si no, pues vale.
Demanda, usted no se opone y juicio y al final, acepta la propiedad de un tercio.
Pero siguen igual.
Sus hermanos se habrán gastado un montón de dinero para nada. Porque seguirán sin poder vender ni hacer nada con el piso, porque sin su firma no pueden hacer nada.
Porque ahora, siendo ya la herencia aceptada, habrían de iniciar optra demanda muy costosa para la división de la herencia, con la subasta.
O sea, que si son impulsivos, van por hacer daño, hay odios por medio, y encima tienen dinero y se lo quieren gastar tontamente con tal de hacer daño... pues ese será el camino.
Pero con un final tonto: Tres propietarios y sin resolver la herencia.
Lo malo de su situación es tener rotas las relaciones.
Tal vez si mantienen algún conocido en común o algún familiar, cuando llegue el caso, puede intentar un acercamiento con ellos, o que intenten razonar para que no salgan todos tan perjudicados.
Bueno, no me extiendo más, porque esto es larguísimo.
Pero si le queda alguna duda, me lo dice, ¿vale?.
Y si no va a añadir más, le ruego finalice la pregunta.
Un saludo.
Porque muchas veces las respuestas las damos por como nos plantean las preguntas, pero claro, muchas veces hay "razones" ocultas que no nos dicen.
Y la ley es tan amplia, que para cada caso hay una respuesta, porque en cada caso hay intereses diferentes.
De todas formas, eso de abrir el testamento, no es así.
Eso pasa en las pelícilas.
En España es diferente.
Usted consigue un certificado de defunción (original), en el registro civil o la misma funeraria que hizo el sepelio, que siempre piden de más. Es gratis.
Con ese certificado va a la secretaría del ministerio de justicia de su ciudad (juzgados), y pide el certificado de últimas voluntades (también gratis), en el que le dice en que fecha y ante que notario hizo testamento.
Con los dos certificados, va al notario y le pide copia del testamento.
Y se la dará.
Y guarde todo bien, que le hará mucha falta.
Si alguien quiere algo... FOTOCOPIA.
Los originales son suyos. No se desprenda de ellos.
Bueno, verá: El plazo para aceptar (o reclamar) una herencia son 30 años.
Así que de momento, tranquilos.
La verdad es que en este caso, el aceptar la herencia puede no ser conveniente.
Mejor dejar pasar el tiempo y si acaso que los abogados (que tarde o temprano entrarán en liza), se arreglen.
Lo importante (y mayor costo) es los impuestos de sucesiones.
Es lo más peligroso.
Y se pueden pagar, sin necesidad de aceptar la herencia.
Si no tiene un recibo de la contribución no importa, ya que los registros son públicos.
Puede ir al registro de la propiedad al que corresponda el piso y pedir una nota simple en la que aparecerá la referencia catastral.
Nadie se va a enterar. Cualquiera puede pedirlo y en cualquier momento.
Paga sus impuestos y tan tranquila, y a esperar.
Si su madre hereda el usufructo, salvo que ella firmara ante notario renunciando a él, no se puede hacer nada con la casa mientras viva.
No se puede vender.
Igual que si aceptan la herencia los tres hermanos. Mientras su madre viva, no pueden vender, o sea que están en las mismas y por tanto, no hay que correr.
No es necesario aceptar la herencia "ya de ya".
Además, en su caso, veo muy conveniente que no acepte la herencia, y por otras razones.
No por el tema del dinero que representa aceptar, ya que en escrituras y tal, no les va a representar más de unos 200 euros a cada hermano. Más o menos.
Por cierto, una cosa más. Ahora que caigo.
Pinto es de la comunidad autónoma de madrid.
Bueno, pues está de suerte.
Mucha suerte.
En su comunidad de padres a hijos no se pagan los impuestos de sucesiones.
Así que con la nota del registro, va a la oficina liquidadora, y le rrellenarán el impreso que saldrá a "cero".
No tendrá que pagar.
Bueno, prosigo:
Como digo es hasta muy conveniente que ahora no acepte la herencia.
Déjelos que se pongan nerviosos.
Porque al aceptar la herencia, todos van a ser propietarios.
Cada uno de una tercera parte del piso.
Y la ley les permite que antes de aceptar esto (que se llama pro indiviso), les autoriza a negociar y llegar a un acuerdo.
Es decir, que puede que a uno de los hermanos le interese el piso.
Pues al aceptar la herencia, se lo adjudica y es único propietario.
Pero compensando económicamente a los hermanos.
Se ahorran un montón de gastos y escrituras.
También puede que a dos o a uno le interese vender y coger dinero.
Que se puede hacer, pero está el usufructo.
Y pueden mañana llegar a un acuerdo de poner en venta por un precio lógico, y repartir.
Como verá hay dos cosas a tener en cuenta.
Una que no pasa nada por no aceptar la herencia ahora.-
Y otra que pueden negociar y ver qué quieren los demás.
Desde luego, en su situación, lo mejor es llegar a un acuerdo de un precio, vender y repartir.
Y si no, que uno solo se quede la propiedad, y usted coge su dinero.
El caso es que creo que es lo que a usted más le interesaría.
Si sus hermanos se empeñan en aceptar, terminarán por poner el tema en manos de un abogado que la citará y presionará.
Y como no conoce las leyes, pues se asustará.
Pues tranquila que los abogados están para eso, pero no son dioses del Olimpo.
Presionará y amenazará.
¿Forma de frenar al abogado?
Pues estando informada, como yo le estoy informando.
Que vea que usted sabe sus derechos.
O contratar a otro abogado que le va a costar el dinero.
¿Si acepta la herencia? Se ven en pro indiviso.
Y entonces si que pueden solicitar judicialmente la división de la herencia, que pasa por demandarla a usted y termina (tras mucho tiempo y mucho gasto para las dos partes) en la pública subasta, que a nadie le interesa.
Porque en las subastas hoy en día no se saca más del 50% del valor real del piso.
Se subasta y el juez reparte el dinero que se saque.
Pero ya digo, que a poco que se informen, verán que eso no les interesa.
Más interesa llegar a un acuerdo.
Lo malo es que si van con el tema a un abogado, este les dirá que nada, que muy fácil, que se presenta demanda y tal.
Pero no les va a informar de los gastos, ni de los inconvenientes que son muchos.
Y claro la gente se lanza a demandar y luego les llegan las sorpresas.
Pero ya entonces el mal está hecho. Y la demanda puesta, que termina en subasta.
Pongamos que el piso puede valer 200.000 euros.
Una tercera parte es suya,... 66.600 euros.
Pues si le dicen que le dan 50.000, mi consejo es que los coja y se quite de en medio.
Porque si terminan en la demanda y la subasta, más de 20.000 no va a sacar.
Es duro aceptar esto, pero es el mejor consejo que puedo darle.
No soy abogado y por tanto no busco clientes.
Me puedo permitir el lujo de decirle las cosas claritas.
Por supuesto, hay muchas más cosas que decir, pero ya dependerán de la actitud de sus hermanos.
Porque en estas negociaciones, las cosas son como un árbol.
Hay un tronco por el que subes, pero te vas encontrado con ramas, que se dividen en otras ramas y estas en otras.
Al final del camino, no sabes en qué rama terminarás y si será la que tiene las mazanas más gordas o las feas y podridas.
¿Ahora? Pues si. Pueden iniciar demanda judicial para obligarle a aceptar la herencia.
Calcule un par de años.
Y en ese tiempo, se pueden hacer muchas negociaciones y llegar a un acuerdo.
Pero teniendo en cuenta que usted tampoco se va a oponer a la demanda. No le interesa.
Pero no tiene más que trasmitir su deseo de cobrar y olvidarse de lo demás.
Y si no, pues vale.
Demanda, usted no se opone y juicio y al final, acepta la propiedad de un tercio.
Pero siguen igual.
Sus hermanos se habrán gastado un montón de dinero para nada. Porque seguirán sin poder vender ni hacer nada con el piso, porque sin su firma no pueden hacer nada.
Porque ahora, siendo ya la herencia aceptada, habrían de iniciar optra demanda muy costosa para la división de la herencia, con la subasta.
O sea, que si son impulsivos, van por hacer daño, hay odios por medio, y encima tienen dinero y se lo quieren gastar tontamente con tal de hacer daño... pues ese será el camino.
Pero con un final tonto: Tres propietarios y sin resolver la herencia.
Lo malo de su situación es tener rotas las relaciones.
Tal vez si mantienen algún conocido en común o algún familiar, cuando llegue el caso, puede intentar un acercamiento con ellos, o que intenten razonar para que no salgan todos tan perjudicados.
Bueno, no me extiendo más, porque esto es larguísimo.
Pero si le queda alguna duda, me lo dice, ¿vale?.
Y si no va a añadir más, le ruego finalice la pregunta.
Un saludo.
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