Descontar en reparto herencia.

Somos 5 hermanos, padres mayores, madre imcapacitada spquico-motriz, padre bien. En casa tienen contratada una empleada que los atiende relativamente, ya que para mover a madre necesita ayuda de uno de nosotros. Hace unos meses los 5 acordamos verbalmente repartir esta tarea semanalmente, la cual se desarrolla durante 28 horas. Semanales (lunes a domingo)(levantar, llevar aseo, acompañar descanso empleada, acostar). Hace unos días uno de los 5, decidió y comunicó que no seguiría con la labor.
-Si mis padres tuvieran que contratar una persona para suplir solamente la baja de este, pagando a esta con dinero del matrimonio, ¿se le podría descontar en un futuro los importes correspondientes en el reparto de herencia, ya que esta está a partes iguales?

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Si mis padres tuvieran que contratar una persona para suplir solamente la baja de este, pagando a esta con dinero del matrimonio (entiendo que se refiere a con dinero de sus padres), entonces no cabe descontarlo luego. Se supone que son sus padres los que hacen un gasto para si mismos.
Si fueran ustedes los que lo pagaran y su padre firmara que acepta este pago como "prestamo", entonces, la herencia conllevaría una deuda con ustedes, que sí se descontaría de los bienes de la herencia, para pagarles esa deuda antes del reparto.
En principio muchas gracias por atenderme.
Al ser 4 hermanos los que nos tenemos que poner de acuerdo con lo que Ud. nos indica, (pagar nosotros a la persona que se contrate, con el consentimiento de mi padre). Difícilmente se podrá hacer, ya que mis padres tienen medios económicos suficiente para hacerlo y no llegaríamos a ese acuerdo.
Otra posibilidad sería que los 4 que quedamos realizando la labor, decidiéramos no hacerlo, por lo que mi padre se vería obligado a contratar una persona para todas las semanas.
Si viera Ud. otra posibilidad rogaría me la indicara.
De nuevo muchas gracias por todo.
Como jurista no puedo decirle nada más.
Como recomendación personal; no lo dudaría, si sus padres tienen medios económicos para ello deberían contratar a una persona sí o sí (aunque ellos prefieran que lo hagan ustedes... a veces, según nos hacemos mayores las personas... nos volvemos más y más exigentes con los hijos).
De este modo, cuando ustedes visiten a su padre, realmente estarán visitándole y ofreciéndole su compañía, y no trabajando para él: disfrutarán más ustedes y (tras el posible enfado), él disfrutará de ustedes mucho más, al ser más agradables las visitas.

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