Tengo derecho a una indemnización si se vende la casa de mis padres, viviendo yo en ella y vivos ?

Soy la pequeña de 4 hermanos, y me gustaría saber en que situación estoy, y lo que puedo hacer al respecto. Soy la única soltera, y aunque he entrado y salido de casa de mis padres, el resto del tiempo, que ha sido mucho, lo he vivido con ellos. Mi padre, de 90 años, se rompió la cadera en una caída el año pasado, y del hospital fue directo a una residencia porque se empeñaron mis hermanos, y así forzar a que mi madre venda la casa, para irse, hasta que sale la residencia pública, con mi padre a la residencia privada. La intención de mis hermanos no es ayudarme a encontrar un lugar para vivir, y aunque a mí no me dicen nada, sus intenciones son, repartir el dinero resultante de la venta de la casa entre los 4, reservando una cantidad para el tiempo que estén mis padres en la residencia privada.. Yo no estoy de acuerdo en que se haga eso, lo primero porque mis padres aún siguen viviendo, y lo segundo porque quieren repartir a partes iguales cuando también a mí me echan de mi casa y además ellos no se han hecho ni hacen cargo de mis padres..

2 Respuestas

Respuesta

Si mis padres entan vivos los dos, y venden el piso y somos dos hermanos tendría que indemnizarme algo del piso vendido, alguien me podria ayudar si nos tienen que indemnizar algo.

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De entrada, seguramente el piso está a nombre de sus padres, por lo que haría falta su firma ante notario para poder vender.

Por otro lado, el notario se va a negar a hacer la escritura pública si su padre está como usted dice.

¿Solución? Discapacitarlo. Y luego, judicialmente interponer demanda, lo cual sumaría varios años. Nada rápido y costoso.

Pero luego queda su madre que también es copropietaria.

Que también podría negarse a firmar.

¿Cuándo fallezcan los dos?.

Ese piso será su residencia habitual. Su domicilio. No pueden echarla así por las buenas.

Primero, habrá de aceptarse la herencia, ante notario y pagar los impuestos de sucesiones. Más gasto.

Y usted puede negarse a aceptar la herencia por cualquier motivo, con lo cual paraliza el asunto otro par de años mínimo y les origina más gastos.

Luego, usted y sus hermanos estarán en PROINDIVISO, que es compartir una misma propiedad entre varias personas a razón de un tanto por ciento cada una.

¿Disolver el proindiviso? Si que se puede.

Habrán de demandarla a usted (más gastos), y el tema se puede alargar un par de años más.

¿Al final? Pues al no haber acuerdos, al juez no le queda más remedio que respetar el derecho a heredar y disponer de su herencia de cualquiera de los nuevos copropietarios, por lo que dicta orden de venta del piso en pública subasta.

En las subastas y menos hoy en día, no se llega a sacar el 30% del valor real del piso.

Gastos y pérdida de dinero.

En fin, que le quedan muchos años y contando con que son 4 hermanos, que por tanto lo que se saque va a ser dividido a partes iguales y que va a ser poco dinero, y que van a tener muchos gastos... en fin, que difícil van a tener el llegar a una situación que sea de su agrado.

Digamos que usted va a tener en su momento el mayor poder de negociación.

Le recomiendo que se lea un artículo que le dará mucha información.

Puede buscarlo en GOOGLE y se llama: "proindiviso la manzana de la discordia".

Le va a aclarar muy bien la situación en la que se va a encontrar.

Hola..! Pues querría una aclaración :Si antes de llegar a todo éso, y mi intención fuera ceder y facilitar la venta de la casa para que mi madre pudiera estar junto a mi padre, por bien de los dos.. Legalmente, tengo derecho a que se me facilite otro medio de vivienda , ya que acabo de quedarme sin trabajo, el paro se acaba rápido , y no tengo muchas perspectivas de trabajo a corto y largo plazo ? Gracias de nuevo, por su contestación !

Pues lamento decirle que no.

No hay norma que diga que hay que indemnizar a un hijo cuando deje de vivir en nuestra casa.

Yo por lo menos, cuando mis hijos se quieran independizar, dejarán de vivir en mi casa, pero ninguna ley me obliga a darles dinero por irse.

Y jamás he oído que cuando alguien se casa y se marcha del hogar conyugal de los padres, haya que darles dinero.

Imagino que usted tampoco. Eso no existe.

Así que si sus padres acceden a vender, y si el notario acepta hacer escritura, dependiendo del estado mental en que su padre se encuentre, y si encuentran comprador... pues venderán.

Pero tenga en cuenta también que los que venden son sus padres. Y por tanto, de ellos es el dinero. Y los hijos no tienen derecho a repartírselo. Salvo que los padres lo acepten.

En fin, que poco más le puedo decir.

Ya le he explicado todas las posibilidades.

Lo demás, comprenderá que es una decisión de ustedes.

Muchas Gracias por responder, y en la medida de lo posible, aclarar mis dudas.. Ahora, como bien a dicho, la decisión está en mí, o en nosotros, para el bien de nuestros padres.. Hasta otra..!!!

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