Problemas con herencia

Mi padre falleció hace 4 años, tenia testamento hecho en el cual dejo el usufructo a mi madre, la herencia consta de 2 pisos, somos 3 hermanos, una de mis hermanas se metió en la 2º vivienda porque la habían echado del piso donde vivía de alquiler, en principio era para 6 meses pero lleva 4 años. Esta hermana tiene una minusvalía por la que cobra una pequeña pensión, tiene una hija y su marido esta en paro, queremos que se valla del piso para venderlo pero se niega a dejarlo, ¿qué podemos hacer? ¿Se puede negar a vendero?

1 respuesta

Respuesta
1

Necesito un par de datos:

1º- ¿Su madre es propietaria de la mitad de esos pisos por gananciales?

2º- ¿Tras la muerte de su padre, hicieron la aceptación de herencia firmando el cuaderno particional en el notario e inscribieron la escritura en el registro de la propiedad).

Hasta pronto.

1º Mi madre es propietaria de la mitad por gananciales.

2º Si, se hizo aceptación de herencia pero no lo hemos registrado en el registro de propiedad.

Aparte se me olvidó comentarle que mi hermana esta asistida por una trabajadora social del Ayuntamiento, esta trabajadora social nos llamo para preguntarnos a cuanto ascendía la deuda de mi hermana con mi madre en concepto de gas,luz,comunidad del piso ocupado por mi hermana, para que el ayuntamiento cubra estos gastos hasta el 31.12.2012, el ayuntamiento ha realizado un ingreso en la cuenta de mi madre del importe que debía mi hermana.

1.-Puede traernos consecuencias este ingreso.

2.- Si es así debemos devolver este dinero al ayuntamiento.

Muchas gracias y un saludo.

Pues si hicieron la aceptación de herencia, esa escritura que les dio el notario es lo que tienen que llevar al registro de la propiedad para que las fincas queden registradas a nombre de los actuales propietarios.

La Ley solo reconoce como propietarios a los que figuren en el registro de la propiedad.

El que el ayuntamiento haya pagado, carece de importancia, aunque si que puede tener importancia los papeles que su madre firmara.

De todas formas, está claro que la ley defiende los derechos de todos.

De todos los copropietarios. (Registrales).

Y los derechos de unos terminan donde comienzan los derechos de los otros.

Cualquiera de los coherederos (o una parte juntos), puede solicitar la división judicial de la herencia.

Es decir, que o su hermana se aviene a comprarles su parte para quedarse como única dueña del piso, cosa que dudo pueda hacer por su situación económica, o el juez ordena la venta en pública subasta del piso.

Se lo adjudica al mejor postor y el dinero obtenido lo reparte entre los herederos a razón de lo que a cada cual le corresponde por su tanto por ciento.

Al no ser una subasta por embargo o deuda, los coherederos pueden asistir a la misma pujando, para evitar que un "listo" se lo quede por un ínfimo valor.

Pero claro, el que se adjudique el piso ha de depositar el dinero de la puja en un plazo de 20 días en la cuenta del juzgado.

En fin, que no es muy buen arreglo, pero es la única solución que las leyes dejan.

Aparte por supuesto de las costas y los abogados, que se llevan un "pico".

Desde luego, no tienen que devolver nada al ayuntamiento, y no les trae consecuencias.

El ayuntamiento ha pagado por ejemplo, la comunidad o la luz... en fin, gastos. Gastos que ya se habían producido. No es un préstamo, así que no hay nada que devolver.

Ustedes están en proindiviso, que es compartir la misma propiedad varias personas a razón de un tanto por ciento cada uno.

Pueden buscar en GOOGLE un artículo llamado "proindiviso la manzana de la discordia".

Léanlo, porque les informará muy bien de la situación en la que se encuentran y de las posibles soluciones.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas