Primero han de pedir certificado ORIGINAL de defunción.
Con él, se va a la secretaría de los juzgados de su ciudad y piden el CERTIFICADO DE ULTIMAS VOLUNTADES que es que dice que notario tiene el testamento. De paso piden el certificado de seguros de vida, por si hay alguno.
Van al notario y piden el testamento.
Luego, ya pueden ir a los bancos a pedir certificados de saldos al día del fallecimiento, y de paso extracto de las cuentas de al menos un año antes que les dará mucha información: Si recibe intereses por tener una imposición aplazo, si recibe dividendos por tener acciones, los IBIs pagados, si tiene seguros de vida, si aporta dinero a un plan de pensiones...
Todo esto puede hacerlo uno solo de los herederos,.
Todo depende de lo que se fíen unos de otros, porque en estos casos, muchas veces, unos intentan ocultar cosas a los demás en su beneficio.
Visita también al registro de la propiedad para ver las fincas a su nombre.
Con todo, se reúnen los herederos y se lo reparten a su gusto.
La ley lo permite. Por ejemplo, si deja seis pisos y hay tres herederos, no tienen porque adjudicarse cada uno la sexta parte de cada piso. Eso es de lo más contraproducente del mundo.
PELIGROSÍSIMO.
Pueden acordar que estos dos pisos para Juan, estos otros para maría... etc.
Ya de acuerdo se va al notario a firmar el cuaderno particional que es la escritura de aceptación y reparto de la herencia.
Para todo esto no les hace falta abogado, y se van a ahorrar una pasta.
Pero si no son razonables, todos van a tener que contratar abogados.
Todos van a salir perdiendo y mucho, `porque entonces los arreglos nunca son buenos, y al final terminan en juicios y demandas... otra pasta gansa.
¿Plazo? Pues hacienda (aunque se puede pedir una prórroga) da seis meses para el pago de los impuestos de sucesiones. Pasado el plazo, viene el recargo... los intereses de demora... y al final, la multa (que normalmente son altitas).
Para aceptar la herencia, tienen muchos años.
Pero claro, los impuestos han de pagarse respecto a lo que a cada cual toca, por lo que volvemos a que hay que aceptar la herencia y pagar por lo que se acepta.
En fin, que la ley te da toda la vida para aceptar la herencia, pero hacienda, que va por su lado, te dice que tienes que pagar en seis meses.
Bueno, pues un saludo y NO OLVIDE FINALIZAR LA PREGUNTA.
Hasta otra.