Ayuda pago vacaciones

Hola trabajo de aux. Administrativo en una empresa, dado que soy la única persona contratada en la oficina mis jefes me han pedido que de los 30 días de vacaciones que me corresponden me coja solamente 15 días y los otros me los pagan. Antes de contestarles quería saber a cuanto me tienen que pagar esos días. Mi nomina se comopone de: S.B: ¿680.94?, Pagas Distribuidas: ¿115.67?. Cont. Comu. 4.70%; Desemp. 1.60%; Form. Profes. 0.10% y de Imp. Sobre Renta es de un 6%. Muchas gracias de antemano.

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En principio el pago de vacaciones está regulado para el abono de aquellas vacaciones cuyo derecho ya se ha generado y no han podido ser disfrutadas por ej. por una extinción de contrato.. Pero como casi todo es negociable en esta vida, puedes llegar a un acuerdo con tu empresa si te interesa y cobrar esas vacaciones que no vas a disfrutar. La liquidación debe contener todos los conceptos salariales de que se compone la nómina mensual. Pienso que no debe incluir el prorrateo de las pagas extras si llegado el momento te las pagan íntegras, salvo que dichas pagas las estés percibiendo mensualmente, en cuyo caso, sí deben ser prorrateadas y pagadas durante los días de vacaciones.
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Le comento:
Ante todo decirle que el Estatuto de los Trabajadores prohíbe expresamente rebajar el tiempo de disfrute de las vacaciones anuales compensándolo económicamente, por lo que, legalmente, no se contempla dicha posibilidad, por lo que tampoco se especifica absolutamente nada de como se debe compensar en dinero lógicamente. Las vacaciones, según el ET, serán retribuidas, por lo que mientras que uno esta de vacaciones también tiene derecho al pago de su salario. En su caso, practica muy habitual por otro lado, al no contemplarse nada, se le pagaría como días de trabajo normal, sin ningún extra, tampoco se considerarían horas extras ni nada por el estilo, por lo que la única consecuencia es que usted pierde 15 días de vacaciones. Lo justo, y hablando ya extralegem, es que usted perciba el pago de esos 15 días de vacaciones que deja de disfrutar, por lo que usted trabajaría esos 15 días pagados a salario habitual y recibiría por otra parte una paga extra de 15 días.

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