Baja laboral

Me gustaría saber si al coger una baja laboral la empresa está obligada a complementar lo que paga la SS (que creo que es el 60% del sueldo a partir del tercer día).
La empresa donde trabajo se rige por el convenio de oficinas y despachos y allí pone algo así como que me deben completar el sueldo de la baja hasta el 100% pero no me queda nada claro. ¿Me lo podría aclarar? Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
En caso de baja por enfermedad común los tres primeros días no se pagan, del 4º al 20º se paga el 60% de la Base Reguladora y del 21º en adelante el 75% de la Base Reguladora.
Todo esto puede estar mejorado por convenio colectivo, o por acuerdo con la empresa, si tu convenio dice que te deben completar la diferencia hasta el 100% del salario la empresa debe pagártelo.

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