Indemnización por cierre de empresa

Trabajo en una inmobiliaria y le quedan dos meses como mucho para cerrar por quiebra, es una empresa muy pequeña en la que estoy yo unicamente de trabajadora, tiene dificultades para pagarme el sueldo y ha tenido varios retrasos, para el mes que viene no tiene para pagarme. La pregunta es, ¿si no me paga me tiene que echar? Y si no me echa y trascurre el tiempo sin pagarme.. ¿yo qué tengo que hacer? No tiene dinero ni para pagarme la indemnización y estoy dispuesta a no reclamársela, pero si el no me la puede pagar hay algún organismo que pueda responder por él, ¿al Fogasa podría acudir en éste caso? ¿Y cómo debería proceder?

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Si la empresa no te paga tienes derecho a exigir el pago del salario vía judicial, a partir de los tres meses además tienes derecho a extinguir la relación laboral con derecho a una indemnización de 45 días por año por incumplimiento contractual.
Si la empresa se declarase en quiebra deberías demandar además de la empresa al FOGASA.
Buenos días y muchas gracias por la rapidez en la respuesta y la información.
Me podrías indicar si es posible realizarlo de otra forma, es decir sin acudir a la vía judicial, aunque yo tuviera que firmar que recibo un dinero de mi empresa que no es así porque no hay dinero... pero ésta al no tener para indemnizarme entonces respondería subsidiariamente el Fogasa.
¿Y cómo debería cerrar la empresa de la forma que menos me perjudique?
Muchas gracias
Para que el FOGASA se haga responsable de la indemnización debes demandar a la empresa y subsidariamente al FOGASA, este investigará la situación real de la empresa.
No entiendo bien tu pregunta sobre el cierre de la empresa sin que te perjudique, cada uno tiene unas responsabilidades, la de la empresa es pagar el salario e indemnizar en caso de cierre o despido, ante el no cumplimiento de la responsabilidad el trabajador tiene medios para actuar, como antes te he comentado. Puedes irte con baja voluntaria, o si te despiden sin indemnización no reclamarla, o reclamar lo que te corresponda si la empresa no cumple, esas son las tres posibilidades.

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