Necesito consulta legal sobre si es mejor esperar a que me despida la empresa o llegar a un acuerdo

Hola ¿qué tal? Tengo un problema que deseo saber que puedo hacer urgentemente ya que mi despido es inminente. Trabajo en una empresa de telemarketing con contrato de obra y servicio desde noviembre 2004. TEngo reducción de jornada por cuidado de hijos (no se si será relevante esta información). REsulta que mi empresa le presta servicios a una compañía de telefonía móvil muy importante. En septiembre mi empresa presentó un ERE y dejó en la calle a 70 personas. Ahora solo quedamos unos 50 o 60 personas de obra o servicios.La empresa en el día de ayer decidió despedir a 11 personas indefinidas y dentro de poco (no nos han dicho cuando) despedirán a 40 de obras y servicios, pero antes pedirán que quien se quiera ir por su cuenta que lo pida llegando a un acuerdo con el trabajador: En vez que despedirnos con 8 días por año trabajado de indemnización nos despide con 20 días por año trabajado, una sobreindemnizacion. Pero el que se quede no sa´brá el tiempo que estará pudiendo arriesgarse a que dentro de un mes o menos la empresa termine su contrato con la compañía de telefonía móvil y despedirnos con 8 días por año trabajado.
Mi empresa no nos ha dicho hasta cuando tiene contrato con su cliente (telefonía móvil) entonces mi pregunta es. ¿Qué puedo hacer? He pensado coger esos 20 días porque mi empresa ya tiene muy mala pinta, pero otras compañeras dicen que si nos echan con 8 días dentro de un mes y podemos demostrar que el despido es improcedente (porque aún no haya terminado el contrato con la telefonía móvil) podemos denunciar a la empresa y tener 35 días por año trabajado. Verdaderamente estoy muy confusa. ¿Puedes guiarme un poco. Por favor? Es muy importante para mí
Gracias

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Si estas de reducción de jornada, tendrían que echar a todo el mundopara que te echaran a ti, ya que estas blindada de despidos por ese motivo.
La obra o servicio no dura hasta que termine el contrato que tienen con los de la telefonía móvil, sino hasta que termine la obra o servicio. No tiene duración determinada. Si os están echandoporque no hay trabajo, da igual si tenían un contrato de por vida, ya no se presta ese servicio y por lo tanto finalizara vuestro contrato.
Por lo que me cuentas, si ves que no va a haber trabajo realmente, es mejos coger los 20 días por año.
Si os echara y cogiese a otras personas, entonces si que habría fraude, ya que el servicio no habría finalizado. En ese caso seria despido improcedente, pero no tiene la pinta de ser eso.
Buenísima respuesta, solo una aclaración..., mi empresa lo que hace cuando quiere despedir a gente es bajar el volumen de llamadas muchísimo (trabajamos en atención al cliente), ¿sería esto suficiente para alegar que la obra se termina y que nos correspondieran 8 días por año? Las compañeras ven muy fácil eso de denunciar y todo pero yo no lo tengo claro. Mi empresa ha despedido a 11 indefinidos como te comenté, si ya han despedido a indefinidos (que algunos hasta se han llevado 9000 euros de indemnización) es que realmente no hay otras campañas para reubicar. ¿Además para reubicarnos a los obras tendrían que hacernos indefinidos no? Porque yo trabajo para la campaña de atención al cliente de esa compañía de telfonia móvil.
Realmente estoy agobiada por el tema pero esta vez lo tengo más claro, en septiembre me quedé pero ahora estoy ya quemada por la situación porque juegan con nosotros, además se han llevado casi todo el servicio a Argentina y CHile. No se no se no le veo buena pinta...
Cuando me aclares esto te puntúo y será muy buena puntuación porque me has aclarado mucho el tema. Gracias
Aunque reduzcan las llamadas, por tu reducción de jornada estarías de las ultimas en irte.
Para mi no es motivo si baja el volumen de llamadas el que la obra haya terminado, ya que el servicio se ha de seguir prestando, y no es esabe nunca quien ha de llamar ni cuantas personas.
Por lo tanto, si el servicio sigue, aunque sea en menor número de llamadas, nos podemos encontrar ante un posible motivo de espido por causas objetivas (no hay trabajo para todos, pero sigue habiendo trabajo) con los consiguientes 20 días pro año, y no 8, ya que para eso debería haber FINALIZADO la obra o servicio, y aunque en menos magnitud ésta obra o servicio continua, por lo que no es motivo de finalización de contrato.
Mientras siga el servicio, no aceptes menso de 20 días pro año, o exige quedarte por tu reducción de jornada.

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