Jubilación

Hola buenos días:
Mi pregunta es :
Mi padre lleva en una empresa más de 30 años trabajando el ahora tiene 57 entonces su jefe se jubila y le pasa la empresa al hijo. Este le ha dicho que aber si se puede coger la jubilación porque no lo quiere contratar. Entonces no se si se la podría coger y si esto es legal o hay alguna ley a la que se pueda acoger y cuales son las obligaciones del empresario un saludo gracias

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En el caso que me cuenta de "sucesión de empresa" por jubilación del empresario, si el hijo se hace cargo del negocio está obligado a pasar por la antigüedad de su padre en la empresa. El empresario sólo tiene dos salidas para no tener que seguir con su padre como empleado:
1.- No continuar con la empresa de su padre, es decir, cerrarla.
2.- Despedirlo, con los consiguientes 45 días por año trabajado.
Por lo tanto, mi consejo es que no solicite jubilación de ningún tipo. El empresario cederá y lo mantendrá de alta hasta que llegue la jubilación de su padre.
Un atento saludo.
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Para jubilarse, o mejorprejubilarse, por la edad que tiene, debe tener al menos 60 años y tener 35 cotizados.
Así que elo que puede hacer es estar 2 años en el paro si lo ha generado, y luego esperar uno más, pero no se si le conviene.
Si el hijo quiere prescindir de él, que lo despida, que no se vaya por voluntad propia, ya que así tendrá indemnización y paro, y con la indemnixzacion puede que pueda pasar el año que le queda para prejubilarse.
Si es eva por baja voluntaria, no tendría derecho a paro si no trabaja al menos 3 meses en otra parte, por lo que vigilad mucho con eso.
Si el negocio lo continua el hijo, tiene derecho a seguir en el trabajo a no ser que lo despida, si el negocio no lo continuase nadie, entonces habría finalizado su contrato aunque sea indefinido, y tendría derecho a paro.
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Tu padre no se puede jubilar voluntariamente hasta los 60. Además si lo hace, por cada año que se jubile antes de los 65 le quitan un 8% de pensión. Por tanto jubilarse a los 60 es perder el 40%. Incluso mucho más si aún no tiene los 35 años de cotización para cobrar el 100% de la pensión.
En cuanto al hijo del jefe... quiera o no, si se va a quedar con el negocio va a "heredar" el contrato laboral de tu padre, con sus condiciones y con su antigüedad. Si no lo quiere tienes dos posibilidades: A) joderse B) despedirlo, pagándole la indemnización máxima (42 mensualidades) debido a su antigüedad.
Probablemente lo que intenten es cerrar la empresa y abrir otra con otro nombre, incluso puede que en el mismo local. En ese caso se puede demandar para cobrar esa indemnización.
Recomiendo este libro para conocer y evitar las artimañas habituales en las empresas y demás asuntos legales en el trabajo.

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