Readmisión tras despido

¿Puede la empresa solicitar la reincorporación de un trabajador al que ha despedido en su momento reconociendo la improcedencia ( no ha llegado a cobrar nunca la indemnización correspondiente) y que no se ha celebrado aún el acto del smac?.

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Cuando es edenuncia la improcedencia de un despido por parte del trabajador, en el mejor de los casos, que es que gane el juicio, la empresa decide entre la reincorporación y la indemnización.
Si la empresa se anticipa a esa sentencia, está dando la razón al trabajador, y de alguna manera el trabajador ya ha ganado. Aunque se espere a la sentencia, siempre podrá decidir la reincorporación del trabajador, como resultado de la improcedencia, por lo tanto es correcto que decida esa reincorporación, más aun si ve el caso perdido y no quiere manchar la empresa con una sentencia desfavorable.
Eso si, ha de pagar los salarios de tramitación, es decir, que a la persona que reincorpora, le ha de pagar el sueldo desde que lo echó hasta que lo reincorpora.
Entonces, ¿está obligado el trabajador a obedecer la decisión de reincorporarlo?. Una buena forma de solicitar la reincorporación antes de la celebración del smac, ¿sería enviándole un burofax al trabajador?
El trabajador cuando denuncia lo que pide es la reincorporación, no la indemnización, por lo tanto claro que está obligado cuando ya le dan lo que le piden.
Es la empresa cuando tras la sentencia puede optar entra la readmisión y la indemnización.
La empres apuede hacerlo or burofax, con notificación ne persona por escrito, comunicándolo al SMAC, etc, cualquier forma que deje constancia e sválida.
Lo que ocurre es que no es que el trabajador haya puesto la reclamación en el smac para que le reconozcan la improcedencia del despido, esto ya lo reconoció la empresa en la propia carta, lo que reclama es que le paguen la indemnización correspondiente que no le han pagado ni consignado en juzgado. Aun así, ¿puede arrepentirse la empresa y solicitar su readmisión antes del smac mediante el envío de burofax?.
Si ya te lah despedido y admitido la improcedencia, entonces el trabajador lo que hace es una reclamación decantidades, y al haber sido comunicado el despido, puede tranquilamente haberse buscado otro trabajo, por lo que puede y debe obligara ala empresa a pagar la indemnización y no volver, ya que entiendo que la denuncia es una reclamación decantidades y no un despido procedente.

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