Consignacion de indemnizacion

La empresa despide objetivamente al trabajador. El trabajador solicita smac, pero la empresa no va al smac porque no recibe la papeleta de citación al mismo. Posteriormente la empresa recibe notificación del smac de que éste se ha celebrado y la empresa no ha comparecido. ¿Hay algún plazo para consignar en el juzgado de lo social la indemnización de 45 días y los salarios de tramitación hasta la fecha de laq conciliación?

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Hay 48 horas para que no devengue intereses, pero si no fue al acto de conciliación y ha denunciado ante el juzgado y la empresa no reconoce la improcedencia, tiene que pagar hasta que se reconozca la improcedencia, no hasta el acto de conciliación o hasta que la sentencia declare la improcedencia.
¿Pero el plazo de las 48 horas son desde la celebración del acto de conciliación?
Si en el acto de conciliación se declaró la improcedencia si

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