¿Despido improcedente o fin de obra?

Antes de nada agradeceros la ayuda que podáis darme.
Recientemente he recibido la carta de fin de contrato, y según la empresa la baja es por fin de obra, pero me consta que la obra continúa, de hecho se ha renegociado el contrato por dos años más.
Mi pregunta es:
¿Una renegociación del contrato entre la que era mi empresa y la empresa cliente se puede considerar fin de obra?
Me gustaría saber si me debo acoger a despido improcedente o a fin de contrato, con la consecuente repercusión en la indemnización.

1 respuesta

Respuesta
1
Si tu contrato especifica que tu trabajo es para esa obra que se ha renegociado, esta claro que aquí hay un fraude de ley, y por lo tanto deberían hacerte indefinido. En ese caso, si te despiden, la indemnización ha de ser 45 días pro año en lugar de 8. Así que esi puedes probar que la obra continua, cosa que no creo que te sea difícil, debes denunciar pro el fraude que eestan haciendo, y que te paguen 45 días pro año, ya que seguramente cogerán a otra persona con un contrato de fin de obra de nuevo y eso es ilegal.
Oremilak, antes de nada agracederte que respondieras tan rápido.
Hay algo que no entiendo de tu respuesta. Yo ya estoy de baja y no tengo opción a seguir con la empresa (ni quiero...), ¿a qué te refieres con eso de indefinido?
La renegociación del contrato de la obra en la que trabajaba, se llevo a cabo entre la que era mi empresa y el cliente, y por esa razón, justifican el fin de obra y mi baja como fin de obra.
¿A dónde puedo denunciar esta irregularidad?
¿Cómo puedo demostrar que la obra aún se está haciendo?
Muchas gracias de nuevo.
Para demostrarlo solo tiens que comunicarlo a inspección de trabajo y decirles que vayan al lugar donde se está hacuendo la obra y que compruebe que no ha finalizado. Hará un informe conforme el contrato era en fraude de ley.
Para denunciar que te hagan indefinido has de ir al juzgado de lo social, aunque te aconsejo que lo hagas a través de un sindicato. Tu realmente lo que denuncias es que el contrato e sen fraude, y por lo tanto, la indemnización no es correcta, ya que al no ser una finalización de obra, no son 8 días por año, y que como deberías ser indefinido, la indemnización ha de ser de 45 días por año.
Aunque te advierto que siempre tienen la opción de volverte a coger en lugar de darte la indemnización, y hacerte indefinido, así quehas de valorar si esa posibilidad puede darse y si te interesa o no.
Gracias por tu ayuda y tiempo.
En cuanto a lo de que me ofrezcan ser indefinido... creo que no lo harán... pero nunca se sabe...
Gracias por todo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas