Obligado firmar bajo amenazas despido 35dias por año

Mi suegro se ha encontrado que la empresa la amenaza con enviarle a trabajar fuera de la provincia en otro supermercado (es el gerente de uno) o a aceptar el despido pagándole 35 días por año. Tiene 60 años, se quedaría 2 años cobrando el paro y después la jubilación. Va a firmar aunque no es lo que quiere. ¿Tiene derecho a reclamar incluso después de firmar? ¿Pueden de verdad enviarle a trabajar fuera de la provincia aunque hay otros supermercados tanto en la capital como cerca de ésta?

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Su suegro tiene varias opciones:
-Revisar el convenio a ver que dice sobre la movilidad geográfica.
-Aceptar lo que le ofrece la empresa.
-Rescindir su contrato con derecho a una indemnización de 20 días por año con un tope de
9 mensualidades. Aquí sale perdiendo por que es menos de lo que le ofrece la empresa. Por
ahí pueden ir los tiros de lo que pretende la empresa.
-Oponerse judicialmente al traslado. En ese caso la empresa tendrá que justificar muy bien
las razones del traslado, por que su suegro y no otro trabajador, etc.. Pues eso es lo que
pretende realmente la empresa. Sabe que no podrá justificar el traslado y por eso le ofrece
una indemnización mayor de la que tendría derecho su suegro si rescindiera el contrato
al no acceder al traslado. La consecuencia directa de que un juez no diera por justificado el
traslado seria la reincorporación inmediata a su antiguo puesto. Por supuesto hasta que no
saliera la sentencia su suegro se tendría que desplazar hasta su nuevo emplazamiento.
Huelga decir que le tienen que notificar el traslado con 30 días de antelación a la fecha de
efectividad del mismo, por lo tanto hasta que no se lo den por escrito ni puto caso.
-Y finalmente acercarse hasta un sindicato o a un abogado laboralista de confianza para hacerse con el convenio aplicable y preparar la estrategia a seguir frente al órdago de la
empresa.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.
Muchas gracias por la rapidez.
La verdad es que no tiene muchas opciones porque yo desconozco el convenio y él lo mismo, y le dan de plazo para firmar hasta mañana día 31 de Diciembre. Poco va a poder consultar. Ha quedado todo claro salvo saber si la justicia en temas laborales es rápida o no para tenerlo como opción, y si que si una vez firmado el despido por 35 días año pudiera reclamar que le corresponde 45 días.
Muchas gracias.
Pues que no lo firme o que le diga a su jefe que los traslados se han de notificar con 30 días de antelación. De todas formas si se enfrenta al jefe lo único que le pueda pasar es que lo despida, impugne el despido y pueda sacar los 45 en juicio. Así ganaría tiempo para informarse a fondo. Los juicios laborales son preferentes y depende la carga del juzgado que pertenezca pero suele estar entre 2 o 4 meses, pero yo desde aquí no puedo aventurarme a decirte una fecha concreta.

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