Disminuyen mis condiciones de contrato laboral

El próximo 31 de Enero cerrará nuestro comercio (textil) y ayer día 31 de Dic me han notificado por teléfono una opción que me la enviarán escrita mañana viernes.
La opción es trasladarme a otra tienda de la misma ciudad manteniendo mi categoría de encargado con el mismo sueldo de esa categoría y las mismas comisiones (2%) El problema es que me quitan las comisiones de encargado (0,5% de ventas globales) y me bajan las horas a 30 (cuando yo estoy contratado por 40)
Sé que por ley si te ofrecen una alternativa tienen que igualarte o superarte las condiciones.
¿El cierre de tienda supone 20 días por año trabajado (que es lo que intentarán hacerme) pero en este caso crees que puedo luchar por los 45 días? ¿O en todo caso negociar con la empresa por los 35?
Hay que tener en cuenta que esta empresa (ADOLFO DOMINGUEZ) tiene en proyecto abrir nuevas tiendas. Es decir que la causa de cierre no es económica de empresa, si no económica de mi propia tienda.

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¿El cambio de tienda implica cambio de empresa? ¿Diferente razón social?, en ocasiones las grandes cadenas textiles tienen franquicias, en este caso cada franquicia funcionaría no solo como un centro de trabajo diferente, además como empresa diferente.
Si te cambian de centro de trabajo deben mantenerte las condiciones actuales y no tienes porqué renunciar a ellas. Sin embargo si de lo que se trata es de que cierra tu empresa por extinción de la personalidad jurídica de la misma, tu centro de trabajo pertenece a una empresa totalmente independiente al resto de tiendas de la marca, en este caso te correspondería una indemnización de 20 días por año.
Pero si tu centro de trabajo no es independiente al resto de tiendas y la empresa quiere extinguir tu relación laboral debería indemnizarte con 45 días por año trabajado. Independientemente a lo que te ofrezcan si no te ofrecen 45 días siempre deberás reclamar esta cantidad porque es la empresa la que tiene que justificar el motivo del despido, no el trabajador.
Muchas gracias... algo así me habían comentado pero nunca terminaron de aclarármelo.. El caso es que la tienda a la que quieren destinarme es una tienda propia de la empresa (NO es franquicia) tanto la mía como la que me trasladan pertenecen a la empresa ADOLFO DOMINGUEZ SA.
Mi tienda la cierran porque la facturación es baja y los resultados no dan para mantenerla abierta.
A ver si eso te sirve de ayuda para terminar de aclarármelo.
Lo dicho muchas gracias y Feliz Año... lo que nos espera! Je je
No se si será habitual el cambio de trabajadores entre centros de trabajo de la empresa, o si en tu contrato de trabajo tenían una cláusula en la que te indicaban que podrían trasladarte de centro de trabajo dentro de la misma empresa, si esto fuera así y deciden extinguir la relación laboral tendrían que pagarte 45 días por año trabajado, porque 20 días por año solo es en caso de extinción de personalidad jurídica (cierra totalmente la empresa) o en caso de despido objetivo por motivos económicos, pero en este caso es la empresa la que tiene que demostrarlo y solo si logra justificarlo serían 20 días.
Debes buscar ayuda profesional de forma directa para estudiar tu documentación adecuadamente, a partir de aquí tienes varias opciones, o aceptar el cambio renunciando de forma expresa a tu jornada de trabajo o negarte y que la empresa mantenga las condiciones actuales o si te despiden no aceptar menos de 45 días por año, si reclamas quizás no conseguirás más indemnización pero si tienes derecho a ella la diferencia de indemnización sería considerable.

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