Baja Riesgo laboral

Hola, te escribo para ver si me puedes ayudar en las dudas que tengo sobre un tema que te digo a continuación, mi mujer lleva contratada en una empresa dos meses y se ha quedado embarazada y entonces quería saber si a ella le podrían conceder esta baja, no me refiero por el lado medico sino el laboral porque según tengo entendido tiene que cumplir algunos requisitos pero los desconocemos. Si nos pudieras ayudar te lo agradeceríamos mucho por que estamos muy perdidos en esto.
Gracias.
Saludos.

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No se si cuando hablas de esa baja te refieres a la de riesgo de embarazo porque no me lo especificas, si es así los requisitos que tenéis que cumplir es que el puesto de trabajo sea incompatible con el estado de embarazo y ponga en peligro el nacimiento del bebe. Normalmente son para puestos de trabajo que estén en contacto con productos tóxicos, que tengan que elevar peso abundante, etc. El procedimiento es que el servicio medico ha de hacer un informe en base al puesto de trabajo que junto con una descripción del puesto de trabajo donde se diga que es incompatible con el embarazo, toda esa información se ha de presentar a la Empresa para que te den la posibilidad de cambiarte de puesto de trabajo. SI la Empresa no tuviera ese otro puesto que ofrecerte te darían la baja por riesgo de embarazo
Hola, primero muchas gracias por contestar te lo agradezco. Si me refiero a la baja por riesgo laboral embarazo, y lo que me refería ademas de estos requisitos que son los médicos son los requisitos de la seguridad social que me han dicho que hay por si es verdad que existen o no ya que ella es joven y lleva poco de vida laboral y en la empresa solo dos meses como te dije y que si eso es un impedimento para que pueda cobrar esa baja.
Espero haberme explicado mejor ya.
Gracias
En el supuesto de las bajas por riesgo de embarazo no existe un mínimo legal de tiempo sobre el que haya cotizado, con un día seria suficiente
Muchas gracias por tu información me ha sido de gran ayuda y para la baja por maternidad sabes si existen condiciones.
Gracias
Para acceder a la prestación por maternidad deben cumplirse estos requisitos, tanto en el caso de la madre como en el del padre, si es que éste deseara disfrutar de alguna de las semanas de baja a las que tiene derecho:
Estar afiliado a la Seguridad Social.
Tener cotizados al menos 180 días, dentro de los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha del parto
TEn en cuenta que en el caso de la maternidad se cobra al 100% de la base de cotización la cual se puede ver disminuida si anteriormente a la baja por maternidad se ha acogido a la baja por riesgo de embarazo
Muchas gracias tu información es de gran ayuda y lo de si es menor de 21 años porque mi mujer tiene 20 años que pone que esta libre de la norma de los 180 días de cotización le vale a ella.
Saludos
Si le valdría
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Si tu mujer no puede trabajar porque su salud se lo impide el médico de cabecera podrá darle de baja por IT hasta que se recupere o hasta que se inicie el permiso de maternidad.
Si el trabajo que realiza tu mujer incide directamente sobre la salud de tu mujer y pone en peligro la vida del feto, y la empresa no tiene un trabajo compatible con la salud de tu mujer, en este caso, tu mujer podría tener la baja médica pero en vez de por contingencias comunes sería por contingencias profesional, es la llamada baja por riesgo durante el embarazo, esta baja la concede la mutua, no el médico de cabecera, previo informe de la empresa indicando las circunstancias del puesto de trabajo.
La diferencia con la baja por IT sería que desde el inicio de la baja cobraría en pago directo, por parte del INSS, el 100% de la base reguladora.
Hola, primero muchas gracias por contestar te lo agradezco. Lo que me refería ademas de estos requisitos que son los médicos son los requisitos de la seguridad social que me han dicho que hay unos requisitos por si es verdad que existen o no ya que ella es joven y lleva poco de vida laboral y en la empresa solo dos meses como te dije y que si eso es un impedimento para que pueda cobrar esa baja, y también su empresa no va por mutua sino por la seguridad social.
Espero haberme explicado mejor ya.
Gracias
La baja por riesgo durante el embarazo la concederá indistintamente la mutua o seguridad social en función de con quién tenga las contingencias la empresa.
Para tener derecho a la prestación de IT es necesario un periodo mínimo cotizado con anterioridad a la baja médica de 180 días, para la baja por riesto durante el embarazo, al ser una contingencia profesional, no es necesario un periodo mínimo cotizado con anterioridad. Simplemente que exista riesgo real en función de lo que te indiqué con anterioridad, solicitarlo aportando la documentación necesaria y que la mutua o SS lo reconozcan como riesgo.
Muchísimas gracias por tu información me ha sido de gran ayuda, y una cosa más para la baja por maternidad sabes si existen requisitos de cotización o de vida laboral o de años en la empresa o algo.
Gracias
Para el riesgo durante el embarazo no es necesario un periodo mínimo cotizado.
En el caso de maternidad, si la madre es menor de 21 años no es necesario, si tuviera entre 21 y 26 años 90 días cotizados en los últimos 7 años.
Si fuera mayor de 26 años, un mínimo de 180 días en los últimos 7 años.
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Para solicitar una baja por riesgo de embarazo ante la Mutua, primero debes estar de baja medica, durante un tiempo, y luego llegar a un acuerdo con la empresa, para que la Mutua se haga cargo de esa baja por riesgo.

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