Rescision voluntariade contrato

Hola! Llevo más de tres meses sin cobrar,(30 de Nov.), y mi empresa se ha declarado en concurso el 4 de marzo. ¿Se puede rescindir el contrato por incumplimiento de pago empresarial? ¿Cómo se hace? He oído que la indemnización son 45 dias/año y derecho a paro, pero ¿Cuándo y como se cobra, si la empresa esta en concurso?
Gracias por anticipado

1 respuesta

Respuesta
1
Puedes rescindir el contrato demandando a la empresa por impago del sueldo. En ese caso será el juez quien tenga que determinar el despido como improcedente para cobrar la indemnización de 45 días. El problema es que la indemnización será abonada por el FOGASA pero solo hasta una parte, el resto pasa a componer parte de la masa del concurso como crédito privilegiado y hay que esperar que este se resuelva para ver si quedan bienes de la empresa de donde cobrar.
Hola! MUCHAS GRACIAS por responder tan rapido.
Si no demando a la empresa y cuando se resuelva el concurso, la empresa "cierra" o hay un nº elevado de despidos y me despiden porque la empresa es viable con menos trabajadores,¿es un despido improcedente? ¿Hay algún tipo de indemnización?
Sinceramente, lo que creo es que el barco se hunde y no quiero quedarme sin chaleco salvavidas.
Agradezco mucho tus respuesta
En ese caso ya es el juez del concurso quien decide si se han de extinguir los contratos y será el también quien califique esa extinción como despido improcedente, procedente.. y corresponderá la indemnización según el tipo de extinción que se trate. Habrá que estar a la calificación del juez

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas