Ocupación de mi puesto de trabajo

A tod@s, mi cuestión es la siguiente sobre la que os pedíria ayuda a la mayor brevedad.
Soy discapacitada 67% y trabajo en un centro especial de empleo . Esta es la situación, me encuentro de baja médica por problemas de salud.. Va hacer ahora un mes, la cosa es que sin motivo alguno me llama mi jefe para citarme en la oficina y comunicarme verbalmente que quieren rescindir mi contrato sin documentación alguna ni finiquito, preaviso nada.. ( fija hace 7 meses y con periodo de prueba superado) el motivo es que yo le pido una explicación y me dice que no lo tiene. Que me oferce el despido amañado improcedente "amañado " en ese momento que después ya se vería .
Ahora mi preocupación para colmo es que me llama una chica nueva que está realizando mis funciones " para pedirme el siguiente parte de confirmación .. Mi preocupación es .. Y ahora que pasa cuando yo me encuentre bien y tenga el alta? Por lo que me he enterado por compañer@s me quiere mandar de vacaciones .. Pero yo no quiero disfrutarlas.. Que hago??
¿1 espero al alta para ver que ocurre?
2. ¿Al estar ocupado mi puesto es despido y se me está pasando el plazo para reclamar?

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Respuesta
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Los partes de confirmación se entregan semanalmente y eso tu ya lo sabes, no hace falta que te llame nadie para recordartelo.
En principio habrá que esperar al alta y a la reincorporación y esperar acontecimientos.
El hecho de que hayan ocupado tu puesto no significan que te hayan despedido ya que
a ti no te han comunicado nada, por lo tanto tu contrato sigue vigente.
Si se produce el despido y no estas conforme deberás demandar por despido antes de un
plazo de 20 días hábiles ante la autoridad laboral competente o juzgado de lo social corres-
Pondiente, previo paso por el acto de conciliación.
En principio no estas obligada a irte de vacaciones, ya que el estatuto dice que han de ser
de mutuo acuerdo y el trabajador debe conocerlas con dos meses de antelación al disfute.
Desde luego si te obligan que te las den por escrito con la firma y sello de la empresa, sino no te vas por que puede que intenten darte de baja voluntaria por abandono de puesto de trabajo y podrían conseguir un despido procedente con ello y encima sin derecho a paro.
Seguidamente de coger las vacaciones obligadas pones una denuncia en la inspección de trabajo conforme te han obligado a disfrutar las vacaciones de un día para otro y una demanda en el juzgado. Se supone que son de urgencia, preferente y la empresa no puede recurrirla. Con un poco de suerte esas vacaciones correrán a cuenta de la empresa
y tu tendrás tu marcador de vacaciones a cero, intacto como si no fueras hecho vacaciones.
Huelga decir que si la cosa se pone fea deberías buscar asesoría directa de algún sindicato,
abogado laboralista para estar en igualdad de condiciones frente a la empresa.
Muchas gracias por aclararme.. tenía entendido que la ocupación de mi puesto por otra persona se asimila al despido y que debía reclamar .. la reclamación a este despido y caso que me obligara a coger vacaciones .. sin preaviso de ninguna de las dos cosas, ¿se consideraría como improcedente? Corregirme si no estoy en lo cierto.La verdad es que me encuentro en una situación un tanto desagradable.. todo por que consideran que es más rentable una persona menos cualificada ya que yo soy licenciada, y con una reducción de jornada ya que yo tengo contrato a jornada completa y la nueva a 5 horas este es el trasfondo de la situación a mi parecer .No obstante estaré a las expectativas e intentaré buscar asesoría directa para como bien dices estar en igualdad de condiciones .
Saludos
Resumiendo.
Si te despide impugnas el despido reclamando la improcedencia. Hay que saber las causas o si
la empresa lo declara improcedente a partir de las causas que quiera alegar.
Si te obliga a coger vacaciones, demanda en el juzgado de lo social y denuncia en inspección
de trabajo.
El hecho de que ponga una persona en tu sitio no significa que te este despidiendo, como si
quiere poner a 10 personas. Tu sabrás que estas despedidas cuando te de la dichosa cartita
de despido. Cuando vuelvas de la baja se supone que tienes que volver a tu puesto de trabajo
en las mismas condiciones.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.

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