Indemnización por jubilación
Tengo la duda de si un trabajador, que está incluido en el convenio de construcción, tiene derecho a una indemnización por jubilación, por parte de la empresa. Es decir, igual que si un contrato temporal finaliza, se le paga una indemnización al finiquitar dicho contrato (si es que no va incluido en nómina el concepto de "Indemnización por cese"); en caso de jubilación ¿tiene derecho el trabajador que se va a jubilar a dicha indemnización?
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Respuesta de quimita
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