Despido retroactivo

Trabajo en Telefónica. La empresa me abrió un expediente disciplinario por falta laboral muy grave el día 17 de enero (carta de pliego de cargos entregada el día 16 de enero). Asimismo la empresa acordó suspenderme, provisionalmente, de empleo y sueldo durante la tramitación del expediente (desde el día 15 de enero). Después de 40 días de tramitación de expediente la empresa me notificó con carta de fecha 24 de febrero la sanción de despido pero con efectividad del despido desde el día 17 de enero (día de apertura del expediente).
Este despido retroactivo me ha originado un problema en el INEM a la hora de la petición del subsidio de paro, ya que, aunque fui dentro del plazo de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de la carta de despido (24 de febrero), se me había pasado el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de efectividad del despido (17 de enero) que es la fecha que computa el INEM a la hora de contabilizar los 15 días hábiles.
Mi pregunta es que si en los casos de apertura de expediente disciplinario con suspensión provisional de empleo y sueldo y una vez resuelto el expediente es posible aplicar la sanción de despido con fecha retroactiva al inicio del expediente.

4 Respuestas

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En efecto, el despido tiene que ser posterior a la sanción de suspensión de empleo y sueldo, ya que son dos sanciones. Por tanto debes reclamar ante el juzgado de lo social.
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En caso de despido disciplinario la empresa no tiene porqué dar preaviso pero tampoco puede despedirte de forma retroactiva, si además te sancionaron de empleo y sueldo, salvo que hubiera motivo para una nueva sanción no podrían despedirte por el motivo inicial, porque no pueden sancionarte dos veces por el mismo motivo (sanción más despido).
Debes reclamar lo antes posible por despido, antes de que caduque la reclamación.
Hola,
Muchas gracias por tu respuesta.
Tienes toda la razón en lo que dices. El problema es que según la normativa laboral de telefónica durante la tramitación del expediente te pueden suspender provisionalmente de empleo y sueldo, y una vez resuelto el expediente te pueden aplicar la sanción de despido y además te quedas sin cobrar los salarios no percibidos durante la suspensión de empleo y sueldo. Si encima además en mi caso consideran la fecha de despido con efectividad retroactiva al día de inicio de la suspensión provisional de empleo y sueldo pues estoy desde ese día con la sanción de despido y a la vez con suspensión de empleo y sueldo y a la vez tramitándose el expediente... Bueno un absurdo total...
Ya presenté el día 17 de febrero dentro de plazo papeleta en el S.M.A.C. y por supuesto si no hay acuerdo haré la correspondiente demanda.
Muchas gracias igualmente por tu advertencia.
Un Saludo
Habría que estudiar si el trámite del expediente sancionador podría recurrirse y conseguir la nulidad del mismo. Pero si presentaste la papeleta de conciliación en tiempo y esperas hasta el juicio, una vez finalizado este, ganes o pierdas, podrás solicitar la prestación de desempleo sin estar fuera de plazo.
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Obviamente el despido retroactivo no existe ni es posible hacerlo. Hiciste mal en no recurrir contra esa sanción, y peor aún en no demandar por despido nulo o improcedente. De hecho hay 20 días hábiles para hacerlo desde que te lo comunicaron, y según la última jurisprudencia los sábados tampoco cuentan como hábiles. Por tanto puede que estés a tiempo de hacerlo.
Hola Jose. En primer lugar muchísimas gracas por tu respuesta.
Tienes toda la razón en lo que dices. El problema es que según la normativa laboral de telefónica durante la tramitación del expediente te pueden suspender provisionalmente de empleo y sueldo, y una vez resuelto el expediente te pueden aplicar la sanción de despido y además te quedas sin cobrar los salarios no percibidos durante la suspensión de empleo y sueldo.
Si encima además en mi caso consideran la fecha de despido con efectividad retroactiva al día de inicio de la suspensión provisional de empleo y sueldo pues estoy desde ese día con la sanción de despido y a la vez con suspensión de empleo y sueldo y a la vez tramitándose el expediente... Bueno un absurdo total...
Ya presenté el día 17 de febrero dentro de plazo papeleta en el S.M.A.C. contra la sanción y contra el despido y por supuesto si no hay acuerdo con la empresa todavía me quedan unos días para hacer la correspondiente demanda por despido improcedente o nulo como tú dices ante magistratura. Este lunes hablaré con abogado que me ha recomendado una amiga. De todas formas gracias por tu aviso para hacer la demada.
Un Saludo y te quedo muy agradecido por tus comentarios y aclaraciones.
La normativa laboral de Telefónica me la paso por los cojones. De momento la normativa laboral se crea en el Parlamento, y es el Estatuto de los Trabajadores, el cual ha sido vulnerado.
Hola Jose.
Muchísimas gracias por todas tus respuestas y aclaraciones, me han sido de gran ayuda.
Un Saludo y muy agradecido.
                                      Julio
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Antes de nada pedirte disculpas por la demora en contestarte pero he estado bastante ocupada. Te contesto:
- A todos los efectos no se puede interponer un despido con efectos retroactivos. Telefónica si puede suspenderte de empleo y sueldo durante la tramitación si así lo tiene recogido en Convenio Colectivo.
- Imagino que habrás interpuesto una denuncia ante el SMAC (servicio de Mediación Arbitraje y conciliación) para no incurrir en problemas con los plazos y de cara a asegurarte la prestación de desempleo futura.
Telefónica es un gran monoplio y no creo que haga estas cosas sin tener cobertura legal.
Muchas gracias agarfer por tu respuesta.
Si que interpuse demanda ante el SMAC y en cuanto a lo de la prestación por deseempleo aunque fui a pedirla el día 9 febrero dentro del plazo de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de la carta del despido (24 de febrero) estaba fuera del plazo con respecto a la efectividad retroactiva del despido (17 de enero) con lo cual la prestación sólo me la reconocen a partir del día 9 de febrero.
Entonces según tu opinión aunque no se puede interponer un despido con carácter retroactivo es casi seguro que Telefónica tiene alguna cobertura legal para retroactivar el despido al primer día de la suspensión provisional de empleo y sueldo que también es el día de inicio de la tramitación del expediente (día 17 de enero).
Un saludo y muy agradecido por tu respuesta
                                                Julio
No digo que Telefónica legalmente pueda hacerlo pero no es una Empresa que de puntadas sin hilo por lo que habrá que estar a lo dispuesto en su Convenio por si hay algún resquicio legal que no hayamos tenido en cuenta
Muchas gracias por tus respuestas y aclaraciones.
Un Saludo
                                  Julio

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