Despido amistoso urgente

En mi empresa no están muy contentos conmigo porque los denuncie una vez.
Hace unas semanas hable con el jefe si se podría hacer un despido amistoso, sin cobrar indemnización, y me contesto que si.
El cree q tendria q ser un despido improcedente. Me pregunto si estaba seguro de q si me queria ir de la empresa y yo le dije q si.
Pero ahora tengo mis dudas, no se si quiero irme.
¿Qué me tendría que dar? ¿Una carta donde pone despido improcedente con objeto de algo? ¿Tendría qué firmarlo? ¿Y si no lo firmo? ¿Y si me llevo la carta al sindicato que tengo que firmar, para así denunciar y que me indenicen?

3 Respuestas

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Si no estas seguro yo te aconsejo que vuelvas ha hablar con el empresario y le comentes que prefieres no dejar el trabajo, creo que en este caso tu tienes la última palabra, lo único que pude hacer el empresario es darte una carta de despido que puede ser reconocido como improcedente con la que te indemnizaría con 45dias de salario por año de antigüedad en menos de 48 horas desde la fecha de efectos del despido o un despido disciplinario que creo que no tendría mucho fundamento, si optara por esta segunda opción dirígete al sindicato y comentales la situación con urgencia porque tienes solo 10 días para presentar demanda por despido improcedente ( con lo que podrías cobrar los 45 días y los salarios de tramitación), si no firmas suguramente lo enviaran por burofax pero aún así mejor que no lo hagas.
Finaliza la pregunta si no tienes más dudas.
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La empresa lo que va a hacer es proporcionarte el paro cuando realmente eres tu el que te quieres ir. La verdad es que te está haciendo un favor, que no tiene obligación de hacerlo. Piensa y decide si quieres o no quieres irte. Eso lo primero, después si te quieres ir deberás de firmar una carta donde pondrá que estás conforme con el despido sin que puedas demandar ni reclamar nada. Eres tú el que ha pedido el despido, ¿cómo no vas a firmar?.
Veo que has pensado en demandarles por darte un despido solicitado por ti. ¿La empresa tiene el detalle de facilitarte las cosas y tu piensas en demandarles? En fin, a eso ni contesto porque me parece muy poco honerable por tu parte.
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Puede existir un acuerdo previo con el empresario para fijar la finalización del contrato y salida de la empresa. Si es así, debes estar recogido en el contrato de trabajo (alguna clausula) o sino por escrito acuerdo donde especifique la cantidad que vas a cobrar por finalizar el contrato, la fecha de efecto y el consentimiento de ambos con las firmas.
En cuanto al despido improcedente es algo que decide el juez de lo social, en primer lugar el empresario debe comunicarte la extinción del contrato entregándote la carte de despido (15 días antes del despido) donde se explica el motivo o causa, la fecha de efecto y que tienes una cantidad puesta en el juzgado en caso de que sea improcedente. Si aceptas solo cobrarías el finiquito (salvo que ademas hayas pactado otra cantidad) y si impugnas la decisión debes hacerlo con demanda ante el Juzgado (previo ir al CMAC) y si por acuerdo o por el juez te dan la razón cobrarías la indemnización de 45 días por año servicio.
Si firmas la carta de despido significa que estas de acuerdo con la comunicación, aunque según la jurisprudencia nunca extinge el derecho a reclamar.. (pero en un principio muestra tu conformidad con el despido) sino firmas o tienes dudas puedes llevarlo a un sindicato para que te asesoren pero no es obligatorio su representación en su caso, en este tipo de reclamaciones.
Espero haber sido de ayuda y te recuerdo que puntúes para cerrar la pregunta.

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